Anteriormente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Consejo de Estado se pronunciaron sobre las <b>demandas de diferentes nombramientos</b> por parte del <a href="https://www.wradio.com.co/2024/07/03/funcionarios-de-cancilleria-se-meten-la-mano-al-dril-tienen-que-pagar-sus-propios-pasajes/" target="_blank"><b>Ministerio de Relaciones Exteriores</b></a>, argumentando que sí hay <b>funcionarios de carrera diplomática</b> para ocupar estos cargos.Sin embargo, pese a esto, el<b> Gobierno continúa insistiendo en los </b><a href="https://www.wradio.com.co/2024/07/03/funcionarios-de-cancilleria-se-meten-la-mano-al-dril-tienen-que-pagar-sus-propios-pasajes/" target="_blank"><b>nombramientos</b></a>, específicamente de tres personas.Uno de esos casos es el de <b>Aixa Carolina Kronfly</b>, cuyo nombramiento quedó en firme el 8 de julio con un nuevo decreto que le concede funciones de <b>cónsul general en Sevilla, España</b>. Cabe anotar que el nombramiento y designación de Kronfy como consejera de relaciones exteriores en el Consulado de Sevilla había sido<b> declarado nulo el 14 de diciembre de 2023</b>.Otro de los casos es el de<b> Marisol Rojas, quien era la cónsul de Colombia en Londres</b> y cuyo nombramiento también fue demandado. Según el Alto Tribunal, este nombramiento violó la ley al dejar a Rojas en el cargo desde<b> febrero del 2023</b>, sin tener en cuenta que quien demandó cumplía con todos los requisitos para asumir el consulado.Sin embargo,<b> Rojas permanecerá en la Embajada </b>como consejera de Relaciones Exteriores y, según la Dirección de Talento Humano constató, Rojas <b>puede desempeñar este cargo</b> sin que se vulnere el “principio de especialidad de los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular”.Finalmente, el mismo caso se presenta en <b>Brasilia con Ricardo Montenegro</b>, quien fue nombrado consejero de la Embajada de Colombia en Brasilia y cuyo nombramiento fue demandado. Sin embargo, Montenegro <b>salió de su cargo un par de meses</b> y de nuevo lo <b>renombraron </b>en el mismo puesto.Ante la situación, UNIDIPLO consideró que<b> dicha práctica es problemática </b>en tanto constituye un <b>desacato a las sentencias de la rama judicial</b>: “Lo anterior al ser una actuación, que en apariencia se ajusta a la prescripción normativa, pero en la realidad conlleva una situación manifiestamente contraria a un principio del ordenamiento superior”.Además, indicó que “la <b>administración está incurriendo en fraude a la ley</b>, al sustraerse del cumplimiento de las obligaciones generadas por las sentencias, en resumen, es una práctica fraudulenta que les permite escapar a las consecuencias jurídicas de estos nombramientos, es decir la desvinculación de dichos provisionales”.