Judicial

Rechazan impedimento de magistrado para investigar elección de Hernán Penagos

En el proceso sobre la nulidad electoral que se adelanta contra el registrador nacional, Hernán Penagos, el Consejo de Estado rechazó el impedimento de un magistrado que se encontró con él en un evento en México.

Hernán Penagos, registrador nacional | Foto: Colprensa

Hernán Penagos, registrador nacional | Foto: Colprensa

La W conoció que, en el proceso sobre nulidad electoral que se adelanta contra el registrador nacional, Hernán Penagos, el Consejo de Estado rechazó el impedimento del magistrado que se encontró con él en un evento en México.

El alto tribunal se pronunció luego de estudiar la recusación que presentó el demandante de este proceso en contra del magistrado ponente Pedro Pablo Vanegas Gil y el impedimento del magistrado Omar Barreto, de la Sección Quinta.

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Según el demandante, existe una amistad íntima entre Penagos con el magistrado que investiga al registrador. Por otra parte, Barreto se declaró impedido porque dice haberse reunido con el registrador en unos foros académicos como, por ejemplo, cuando La W reveló que ambos estuvieron en un evento en medio de las elecciones en México y cruzaron algunas palabras.

Adicionalmente, el demandante sostuvo que Barreto “conoce de vista y trato a la magistrada Diana Fajardo Rivera y al magistrado Fernando Castillo Cadena (quienes, en condición de presidentes de la Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia, respectivamente, expidieron el acto demandado). Afirmó que con ellos también se ha reunido en algunas ocasiones en eventos sociales y académicos”.

Sin embargo, el Consejo de Estado no encontró méritos para aceptar ni el impedimento contra Barreto, ni la recusación contra el ponente Vanegas Gil. En el caso del magistrado Omar Barreto, la corporación señaló que no se probó que el magistrado mantenga una relación de amistad íntima, ni con el demandado ni el demandante ni mucho menos con los presidentes de las altas cortes de ese entonces:

“Su manifestación se redujo a señalar que ha compartido con ellos en algunas oportunidades en eventos sociales, académicos, e incluso laborales. Sin embargo, ello no resulta suficiente para predicar la causal de impedimento invocada, comoquiera que, no todo vínculo personal ejerce influencia tan decisiva en el juez como para condicionar su fallo”, consideró la corte.

En el caso de Pedro Vanegas Gil, el Consejo de Estado declaró infundada la recusación porque no se entregaron pruebas de la presunta amistad íntima: “La supuesta amistad íntima entre el magistrado Vanegas Gil y el registrador nacional, el señor Hernán Penagos Giraldo, pues según lo afirmó el recusado, no ha coincidido en espacios de índole personal, profesional, social, cultural o académico con el demandado”.

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