Justicia francesa reconoce a las mujeres afganas el derecho a protección como refugiadas
Consideran que los talibanes, desde su llegada al poder en agosto de 2021, han violado “los derechos y las libertades fundamentales de las mujeres y las niñas afganas.”
El Tribunal del Derecho al Asilo de Francia (CNDA, por sus siglas en francés) ha reconocido que todas las mujeres afganas son un grupo social susceptible de ser protegido con el estatus de refugiadas, según informó este jueves 11 de julio esa instancia de la justicia administrativa.
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“Todas las mujeres afganas que se nieguen a someterse a las medidas adoptadas contra ellas por los talibanes pueden obtener el estatuto de refugiadas”, indicó en un comunicado el organismo encargado de examinar los recursos contra las demandas de asilo de la Oficina Francesa de Protección de Refugiados y Apátridas (OFPRA).
La Gran Cámara de la CNDA recordó en una decisión del pasado martes y divulgada hoy que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya dictaminó en enero de 2024 que, “en función de las condiciones imperantes en un país, las mujeres en su conjunto pueden ser consideradas como pertenecientes a un grupo social susceptible de ser protegido como refugiadas”.
En el caso de las afganas, el Tribunal del Derecho al Asilo francés considera constatado -apoyándose sobre todo en informes emitidos por Naciones Unidas y la Unión Europea- que los talibanes, desde su llegada al poder en agosto de 2021, han violado “los derechos y las libertades fundamentales de las mujeres y las niñas afganas.
En concreto, menciona que se les ha excluido de la Administración y se han suprimido instituciones y mecanismos de la igualdad de género y de protección contra la violencia machista.
Los talibanes también han puesto en peligro su derecho a la salud, la educación y la libertad de movimiento, según la decisión.
“El tribunal juzgó que de este conjunto de normas jurídicas y sociales se desprende que las mujeres y niñas afganas en su conjunto son percibidas de forma diferente por la sociedad afgana y que deben ser consideradas como pertenecientes a un grupo social susceptible de recibir protección como refugiadas”, indica el texto.
La CNDA, en consecuencia, falló a favor de dar el estatus de refugiadas a las mujeres afganas cuyas solicitudes a Francia dieron pie a este dictamen.
No ocurrió lo mismo con otras peticiones de mujeres mexicanas y albanesas, ya que el tribunal no reconoció en el caso de esos países que las mujeres en su conjunto puedan considerarse como pertenecientes a un grupo social susceptible de ser protegido como refugiado.
En esos casos, no obstante, la CNDA les reconoció el derecho a una protección subsidiaria por los riesgos de sufrir violencias, tal y como establece la normativa europea.