Judicial

Tribunal Superior de Bogotá resolverá apelación de la defensa de Álvaro Uribe Vélez

La Procuraduría respaldó la apelación que interpuso el abogado defensor del también expresidente y pidió a los magistrados del tribunal declarar la nulidad de todo lo actuado. Por ahora se suspendió la audiencia preparatoria de juicio.

Álvaro Uribe Vélez, expresidente de la República de Colombia. (Foto de Jon Cherry/Getty Images para Concordia)

Álvaro Uribe Vélez, expresidente de la República de Colombia. (Foto de Jon Cherry/Getty Images para Concordia) / Jon Cherry

El Tribunal Superior de Bogotá resolverá la apelación que presentó el abogado Jaime Granados, defensor del exsenador Álvaro Uribe Vélez, ante la decisión de primera instancia de negar la solicitud de nulidad de todo lo actuado en este caso.

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La juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá anunció que los magistrados deberán resolver el recurso de apelación que sustentó en la mañana de este miércoles el defensor del también expresidente.

Cabe recordar que la apelación se dio luego que el Tribunal Superior de Bogotá hubiese aceptado la queja que interpuso el penalista contra la juez, tras haber rechazado de plano la solicitud de nulidad en este caso.

El recurso de queja se dio luego que el abogado Jaime Granados, defensor del también expresidente, hubiera solicitado antes de iniciarse la audiencia de acusación por los delitos de soborno, soborno en actuación penal y fraude procesal contra el también expresidente, que se declarara la nulidad de todo lo actuado, tras argumentar que se han violado varios derechos fundamentales, entre ellos el del debido proceso y la defensa.

Los magistrados Carlos Guzmán, Dagoberto Hernández y Hermens Darío Lara, en su momento, se declararon impedidos y la Corte Suprema de Justicia aceptó dichos impedimentos.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá decidió aceptar la defensa que interpuso la defensa del exmandatario.

“Declarar mal denegado el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Álvaro Uribe Vélez en contra de la parte de la decisión de 24 de mayo de 2024, que rechazó de plano la nulidad por afectación al principio de congruencia, conforme a lo expuesto en la parte motiva de este proveído”, se lee en la decisión.

Igualmente, le ordenó a la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, habilitar el espacio procesal para que la defensa del exsenador Uribe Vélez pudiera presentar el recurso de apelación.

“En tal medida, al ser manifiesta la intención de la defensa de apelar la decisión mencionada en este numeral, el despacho judicial de conocimiento deberá habilitar el espacio procesal para que sustente la apelación, se corra traslado a los no recurrentes y, luego, se verifiquen los presupuestos procesales y de estar acreditados éstos, se conceda el recurso e indique su efecto y remita a esta Corporación”, señaló el alto tribunal.

En la decisión también se advierte que la juez del caso se equivocó al rechazar de plano la solicitud de nulidad que interpuso el reconocido abogado penalista Jaime Granados.

“Siendo así, encuentra la sala que no acertó la A quo al rechazar de plano la solicitud, con la consecuente negativa del recurso de apelación, al tratarse de un aspecto sustancial que no se encuadraba en algún comportamiento proveniente del sujeto procesal que entorpeciera el trámite, en la medida que se agotaron las posibilidades para que la defensa propusiera a la contraparte, a través de la juez, las aclaraciones que estimaba pertinentes”, sostuvo el Tribunal en la decisión que se conoció el pasado 2 de julio.

Apelación

Durante su intervención, el abogado Granados aseguró que la juez 44 Penal del Circuito con Función de Conocimiento se equivocó al haber rechazado la solicitud de nulidad de todo lo actuado, pues logró argumentar porque a su cliente (exsenador Uribe Vélez) le violaron los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa.

“En una imputación, en todos los casos que uno ve bajo la ley 906, señoría, uno debe saber de qué lo imputan, ¿qué conforma esa imputación?, ¿cuál es la precisión de la imputación?, todos sabemos que la imputación implica un acto de parte de la Fiscalía, que le comunica al que va a ser considerado como imputado, frente al juez de control de garantías, unos hechos jurídicamente relevantes de los cuales se puedan impedir provisionalmente unas consecuencias de imputación jurídica que luego se consolidan con la audiencia de formulación de acusación, previo escrito de acusación”, señaló Granados.

Igualmente, el reconocido penalista señaló que no existe claridad sobre las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que, aparentemente, se habría cometido la conducta ilegal, por lo que advirtió que al expresidente se le vulneró el derecho a la defensa.

Y agregó que, con esas mismas fallas que se cometieron con la formulación de cargos, se fundamentó el escrito de acusación que aún no se socializa.

“No está claro qué se le imputó, no están claros los ribetes de la imputación. Todo lo contrario, justamente, a lo que es una formulación de imputación. La Fiscalía General de la Nación comunica la calidad de imputado, estableciéndose cuáles son los hechos jurídicamente relevantes de una manera clara y precisa, en una audiencia pública frente al juez de control de garantías y en presencia de su defensor, para que sepa de qué se investiga y pueda ejercer su derecho de defensa desde ese momento si no lo hizo antes, pero acá no hay claridad”, afirmó.

Las víctimas pidieron al alto tribunal confirmar la decisión de la juez de primera instancia, mientras el delegado de la Procuraduría respaldó al abogado Granados y señaló que se debe declarar la nulidad de todo lo actuado.

Entre tanto, se suspendió la audiencia preparatoria de juicio del exsenador hasta que el Tribunal Superior de Bogotá se pronuncie y resuelva dicha apelación.

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