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Por lío con nombramiento de embajador en México, suspenden a director de Función Pública

La suspensión de ambos funcionarios se produjo por las irregularidades en el nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador de Colombia en México.

Por lío con nombramiento de embajador en México, suspenden a director de Función Pública

A través de un comunicado, la Procuraduría General de la Nación informó que, en fallo de primera instancia, sancionó con 10 meses de suspensión a Arturo Luis Luna Tapia, exministro de Ciencia, Tecnología e Innovación y a César Augusto Manrique Soacha, director del Departamento Administrativo de la Función Pública.

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La suspensión de ambos funcionarios se produjo por las irregularidades en el nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador de Colombia en México.

En su decisión, la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento confirmó que la experiencia de Ninco Dazano alcanzaba el grado de sobresaliente para la compensación de requisitos”, por lo que ambos funcionarios estaban “obligados a recomendar no avalar su hoja de vida o, en su defecto, motivar razonadamente la decisión para considerarlo apto para ocupar el cargo, lo que no sucedió”.

De este modo, el Ministerio Público comprobó que Luna y Manrique emitieron su voto favorable para recomendar al presidente Gustavo Petro “compensar excepcionalmente los requisitos y que Ninco Daza pudiera ser nombrado en el cargo que ejerce en la actualidad”.

Adicionalmente, la Procuraduría expresó que los dos funcionarios se equivocaron al examinar la hoja de vida del candidato “al pasar por alto que en los documentos que se allegaron al Comité Evaluador de los Méritos no se demostraba experiencia sobresaliente en ninguna disciplina, ocupación, arte u oficio, y que tampoco podía ser catalogado como líder juvenil o estudiantil porque en su corta trayectoria carecía de reconocimiento o distinción”.

Por lo anterior, el ente de control estableció que, con esta decisión, los servidores “vulneraron los principios de moralidad e igualdad que deben inspirar la función estatal, e incurrieron en una falta disciplinaria que fue calificada como grave cometida a título de dolo”.

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