Judicial

Tribunal suspendió millonario pago de la UNGRD que ordenó Sneyder Pinilla para Girón

Se trata de 180.000 millones de pesos que ordenó Pinilla cuando aún era el subdirector de Gestión de la entidad.

Sneyder Pinilla, ex subdirector de la UNGRD. Foto: portal.gestiondelriesgo.gov.co

W Radio conoció en primicia que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca decretó la suspensión provisional del giro de 180 mil millones de pesos que, en su momento, ordenó el exsubdirector de Gestión de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, Sneyder Pinilla, quien hoy es protagonista de uno de los escándalos más relevantes de los últimos años en Colombia.

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La decisión, adoptada por el magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, se tomó en medio de la controversia que ha generado en el país los detalles sobre la manera en la que se desfalcó la UNGRD.

El magistrado Lasso Lozano le explicó a W Radio que desde el alto tribunal se busca evitar el desvío de esos recursos para fines no previstos en la ley.

El pronunciamiento del alto tribunal se dio en el marco del estudio de la demanda presentada por el director de la UNGRD, Carlos Carrillo, quien solicitó frenar el desembolso de dichos recursos al municipio de Girón, Santander, y ordenar también que las órdenes emitidas por Pinilla fueran anuladas.

“Dichas irregularidades tienen que ver con insuficiencias procesales, falencias técnicas de viabilidad e incongruencias entre la declaratoria de calamidad pública y la Resolución No. 142 de 26 de febrero de 2024, en relación con los 180.000.000.000 transferidos al municipio de Girón, Santander”, se señaló en la decisión.

El tribunal consideró que era necesario conceder la medida cautelar, pues dichos recursos hacen parte del patrimonio público.

“Tomando en consideración que el presente medio de control se formula para que no se ejecute la Resolución No. 142 del 26 de febrero de 2024, el Tribunal estima que hay razones suficientes para considerar que en el juicio de ponderación de intereses (numeral 3, artículo 231, Ley 1437 de 2011), están acreditadas las condiciones para afirmar que resulta más gravoso para el interés público negar la medida que concederla”, apartes del documento.

Agregó, el magistrado Lasso Lozano en su argumentación que, “se trata de una importante suma ($180.000.000.000), que constituyen recursos del patrimonio público para la gestión del riesgo y la atención de desastres, en relación con los cuales no existe claridad acerca de las condiciones de regularidad del procedimiento de expedición del acto, viabilidad técnica de los proyectos y congruencia con los fundamentos de calamidad pública”.

Aunque la medida cautelar es provisional, se lee en la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que no tomarla, sería irremediable para el patrimonio público.

“También cabe señalar que de no otorgarse la medida se causaría un perjuicio irremediable para el patrimonio público, en especial porque una vez ejecutada la transferencia al Municipio de Girón, Santander, se reduce de manera significativa la posibilidad de recuperar los recursos públicos para su debida destinación”.