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¿Si compró un apartamento en 2023 debe declarar renta? Esto dice la DIAN

A partir de agosto, las personas naturales que cumplan con los requisitos establecidos, tendrán que presentar la declaración de la renta ante la DIAN.

Imagen referencia compra de vivienda (GettyImages)

Imagen referencia compra de vivienda (GettyImages) / Tinnakorn Jorruang

Como todos los años, miles de colombianos se preparan para hacer la declaración de renta, un documento “en el que se consignan los ingresos, egresos e inversiones” del ciudadano, que debe ser presentada ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en las fechas establecidas según el calendario tributario, explica la Universidad Sergio Arboleda.

Sin embargo, en caso de que no se realice en los tiempos fijados, se incurrirá en una sanción equivalente al 5 % por cada mes o fracción de mes calendario de retardo sin que supere el 100 % del valor de la retención; no obstante, si la declaración tributaria no genera saldo, la infracción corresponderá al 0.5 % “de los ingresos brutos percibidos por el declarante en el periodo objeto de declaración, sin exceder la cifra menor resultante de aplicar el 5 %”, sugiere el Estatuto Tributario.

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¿Cómo saber si debe declarar renta en 2024?

De acuerdo con lo estipulado por la DIAN, las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones deberán declarar renta en 2024:

  • Tener un patrimonio bruto superior a 4.500 UVT, es decir, $190′854.000 COP, a corte de 31 de diciembre de 2023.
  • Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT o $59′376.800 COP, durante 2023.
  • Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a 1.400 UVT, es decir, $59′376.800 COP, a lo largo de 2023.
  • Haber realizado compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT o $59′376.800 COP, durante 2023.
  • Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a 1.400 UVT, $59′376.800 COP, en 2023.
  • Ser responsable del impuesto sobre las ventas, IVA al cierre del año gravable 2023.

¿Si compró un apartamento en 2023 debe declarar renta?

Comprar vivienda es el sueño de millones de ciudadanos que invierten con el fin de tener un techo digno para mejorar las condiciones de vida tanto propias como de sus familiares; por eso, a través de créditos hipotecarios o accediendo a subsidios del Gobierno Nacional, varios lograron cumplir esta importante meta en 2023.

Sin embargo, quienes hayan superado el monto de 1.400 UVT o $59′376.800 COP por concepto de compras, en este caso, vivienda, estarán en la obligación de declarar renta para este periodo de 2024.

Fechas para la declaración de renta en 2024

Por medio de su página web, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer las fechas de declaración y pago para las personas naturales. En ese sentido, lo invitamos a tomar nota y verificar cuándo tendrá que presentar su declaración de renta de acuerdo con los últimos dos dígitos de su cédula de ciudadanía o NIT:

Agosto:

  • 12 de agosto: 01 - 02.
  • 13 de agosto: 03 - 04.
  • 14 de agosto: 05 - 06.
  • 15 de agosto: 07 - 08.
  • 16 de agosto: 09 - 10.
  • 20 de agosto: 11 - 12.
  • 21 de agosto: 13 - 14.
  • 22 de agosto: 15 - 16.
  • 23 de agosto: 17 - 18.
  • 26 de agosto: 19 - 20.
  • 27 de agosto: 21 - 22.
  • 28 de agosto: 23 - 24.
  • 29 de agosto: 25 - 26.

Septiembre:

  • 2 de septiembre: 27 - 28.
  • 3 de septiembre: 29 - 30.
  • 4 de septiembre: 31 - 32.
  • 5 de septiembre: 33 - 34
  • 6 de septiembre: 35 - 36.
  • 9 de septiembre: 37 - 38.
  • 10 de septiembre: 39 - 40.
  • 11 de septiembre: 41 - 42.
  • 12 de septiembre: 43 - 44.
  • 13 de septiembre: 45 - 46.
  • 16 de septiembre: 47 - 48.
  • 17 de septiembre: 49 - 50.
  • 18 de septiembre: 51 - 52.
  • 19 de septiembre: 53 - 54.
  • 20 de septiembre: 55 - 56.
  • 23 de septiembre: 57 - 58.
  • 24 de septiembre: 59 - 60.
  • 25 de septiembre: 61 - 62.
  • 26 de septiembre: 63 - 64.
  • 27 de septiembre: 65 - 66.

Octubre:

  • 1 de octubre: 67 - 68.
  • 2 de octubre: 69 - 70.
  • 3 de octubre: 71 - 72.
  • 4 de octubre: 73 - 74.
  • 7 de octubre: 75 - 76.
  • 8 de octubre: 77 - 78.
  • 9 de octubre: 79 - 80.
  • 10 de octubre: 81 - 82.
  • 11 de octubre: 83 - 84.
  • 15 de octubre: 85 - 86.
  • 16 de octubre: 87 - 88.
  • 17 de octubre: 89 - 90.
  • 18 de octubre: 91 - 92.
  • 21 de octubre: 93 - 94.
  • 22 de octubre: 95 - 96.
  • 23 de octubre: 97 - 98.
  • 24 de octubre: 99 - 00.

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