Economía

¿Qué personas naturales deben declarar renta este 2024, según la DIAN? Aquí el listado

La declaración de renta es un proceso es de carácter obligatorio, ya que permite la entidad conocer los ingresos, deducciones y patrimonios que fueron obtenidos durante un determinado año.

Imagen de referencia de persona sacando cuentas. Foto: Getty Images

Imagen de referencia de persona sacando cuentas. Foto: Getty Images / Thanasis

De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre las personas naturales deberán presentar la declaración de renta en Colombia, según el calendario tributario.

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La declaración de renta es un proceso es de carácter obligatorio, ya que permite la entidad conocer los ingresos, deducciones y patrimonios que fueron obtenidos durante un determinado año.

Listado tributario 2024

Es importante entender que la declaración de renta es diferente para las personas naturales y para las personas jurídicas. Se toman en cuenta los dos últimos dígitos del NIT y esto determina la fecha en la que se debe hacer el pago.

  • 12 de agosto del 2024: 01 y 02
  • 13 de agosto del 2024: 03 y 04
  • 14 de agosto del 2024: 05 y 06
  • 15 de agosto del 2024: 07 y 08
  • 16 de agosto del 2024: 09 y 10
  • 20 de agosto del 2024: 11 y 12
  • 21 de agosto del 2024: 13 y 14
  • 22 de agosto del 2024: 15 y 16
  • 23 de agosto del 2024: 17 y 18
  • 26 de agosto del 2024: 19 y 20
  • 27 de agosto del 2024: 21 y 22
  • 28 de agosto del 2024: 23 y 24
  • 29 de agosto del 2024: 25 y 26
  • 2 de septiembre del 2024: 27 y 28
  • 3 de septiembre del 2024: 29 y 30
  • 4 de septiembre del 2024: 31 y 32
  • 5 de septiembre del 2024: 33 y 34
  • 6 de septiembre del 2024: 35 y 36
  • 9 de septiembre del 2024: 37 y 38
  • 10 de septiembre del 2024: 39 y 40
  • 11 de septiembre del 2024: 41 y 42
  • 12 de septiembre del 2024: 43 y 44
  • 13 de septiembre del 2024: 45 y 46
  • 16 de septiembre del 2024: 47 y 48
  • 17 de septiembre del 2024: 49 y 50
  • 18 de septiembre del 2024: 51 y 52
  • 19 de septiembre del 2024: 53 y 54
  • 20 de septiembre del 2024: 55 y 56
  • 23 de septiembre del 2024: 57 y 58
  • 24 de septiembre del 2024: 59 y 60
  • 25 de septiembre del 2024: 61 y 62
  • 26 de septiembre del 2024: 63 y 64
  • 27 de septiembre del 2024: 65 y 66
  • 1 de octubre del 2024: 67 y 68
  • 2 de octubre del 2024: 69 y 70
  • 3 de octubre del 2024: 71 y 72
  • 4 de octubre del 2024: 73 y 74
  • 7 de octubre del 2024: 75 y 76
  • 8 de octubre del 2024: 77 y 78
  • 9 de octubre del 2024: 79 y 80
  • 10 de octubre del 2024: 81 y 82
  • 11 de octubre del 2024: 83 y 84
  • 15 de octubre del 2024: 85 y 86
  • 16 de octubre del 2024: 87 y 88
  • 17 de octubre del 2024: 89 y 90
  • 18 de octubre del 2024: 91 y 92
  • 21 de octubre del 2024: 93 y 94
  • 22 de octubre del 2024: 95 y 96
  • 23 de octubre del 2024: 97 y 98
  • 24 de octubre del 2024: 99 y 00

¿Qué pasa si no presenta la declaración de renta a tiempo?

Si presenta la declaración de renta después del tiempo acordado, tendrá que pagar una sanción por declarar después de la fecha limite, conocida como sanción por extemporaneidad.

Esta sanción equivale al 5% de su impuesto a cargo y aumenta por cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha limite de vencimiento y la fecha en la cual se presente la declaración. Tenga en cuenta que en caso de que su declaración no arroje un valor a pagar, la sanción se calculará por el 0,5% del valor de sus ingresos brutos.

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