Admiten acción popular contra Bogotá por la ocupación del Parque Nacional
El Juzgado 63 Administrativo vincula a entidades nacionales y distritales para resolver el conflicto entre derechos indígenas y protección del espacio público.
Bogotá
Un Juzgado de Bogotá admitió una acción popular interpuesta por Reginaldo Kassim Aduen Bray en contra de Bogotá D.C. y otros, en un caso que busca la protección de los derechos colectivos a un ambiente sano y la integridad del espacio público. La demanda fue presentada debido a la ocupación del Parque Nacional Enrique Olaya Herrera por la comunidad indígena Embera Katío desde octubre de 2023.
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Según el auto judicial emitido, la demanda se centra en la ocupación del parque y el impacto ambiental negativo que ha tenido, incluyendo el uso de fuentes hídricas y el espacio público como sitios de disposición de residuos. Reginaldo Kassim Aduen Bray, en su acción popular, argumenta que la ocupación ha impedido a la comunidad bogotana el uso adecuado del parque, destacando que la Alcaldía Mayor de Bogotá ha permitido por omisión esta situación durante varios años.
La juez Lucelly Rocío Munar Castellanos resolvió admitir la demanda y vincular a varias entidades nacionales y distritales al proceso. Entre ellas se encuentran el Ministerio del Interior, la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la Procuraduría General de la Nación, la Unidad de Restitución de Tierras, la Sociedad de Activos Especiales (SAE) y la Defensoría del Pueblo.
La comunidad Embera Katío ha ocupado el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera como parte de sus demandas por derechos territoriales y condiciones de vida digna. Sin embargo, la situación ha generado controversia debido a la afectación del espacio público y los derechos de los habitantes de la ciudad. La demanda busca la reubicación de la comunidad, una tarea que, según la ley, corresponde al Ministerio del Interior, el cual ya ha estado liderando mesas de concertación para resolver la situación.
En el auto se menciona que “el Ministerio del Interior ha informado en su página web oficial sobre las acciones coordinadas con diversas entidades para la reubicación de los indígenas Embera Katío”. Asimismo, se destaca que la Secretaría de la Rama Judicial debe informar a la comunidad sobre este proceso y notificar a las partes involucradas.
La acción popular presentada por Aduen Bray cita varios fundamentos legales y constitucionales, incluyendo el derecho a un ambiente sano y la protección del espacio público. Según el demandante, “la ininterrumpida disposición de residuos, las quemas y el uso inadecuado de fuentes hídricas en el Parque Nacional Enrique Olaya Herrera no solo constituyen una afectación del ambiente, sino un impacto sobre la calidad de vida y la salud de quienes viven en sus alrededores”.
Este caso subraya la tensión entre los derechos de las comunidades indígenas y la necesidad de proteger el espacio público y el medio ambiente. La demanda y el auto judicial ponen en evidencia la necesidad de encontrar soluciones que respeten los derechos de todas las partes involucradas, mientras se protege el bienestar general de la comunidad.