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¿Desde qué hora se pagará el recargo nocturno con la reforma laboral? Así quedaría

La reforma laboral es uno de los proyectos del Gobierno más cercanos a ser aprobado. Conozca aquí cómo cambiaría el recargo nocturno y los artículos aprobados.

Foto: GettyImages

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El pasado 12 de junio se llevó a cabo la discusión sobre la reforma laboral presentada por el Gobierno del presidente Gustavo Petro ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, estamento que logró aprobar el proyecto para su futuro debate en la próxima legislatura en tiempo récord, con un panorama visualmente positivo.

Durante este nuevo debate se aprobaron varios artículos, sumando en total 40 que ya tienen luz verde y dos que fueron eliminados, teniendo un gran porcentaje del proyecto listo para convertirse en ley.

Si bien, aún queda mucha tela por cortar en el Congreso, ya son varios los temas de amplio peso que están próximos a ser una realidad para los colombianos, relacionados con las horas extras, el teletrabajo y el trabajo de cuidado familiar.

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¿Desde qué hora se pagarán los recargos nocturnos tras la reforma laboral?

La jornada nocturna, como la conocemos, inicia a las 9:00 p.m., pagando desde allí los recargos nocturnos, lo que busca la reforma laboral es correr este límite, dos horas antes:

  • La ponencia de la reforma laboral fijaría la jornada diurna de trabajo de 6 a.m. a 7 p.m. y la jornada nocturna iniciando a las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. 

Asimismo, el proyecto de ley detalló que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas al día, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 2101 de 2021 sobre la aplicación gradual, con una jornada máxima de 42 horas a la semana.

Por lo tanto, la jornada máxima semanal podrá ser distribuida, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en cinco o seis días a la semana, garantizando siempre el día de descanso y sin afectar el salario.

¿Qué se ha aprobado en la reforma laboral?

Entre los artículos que ya fueron aprobados en beneficio de la ciudadanía, destacan los siguientes:

  • La jornada máxima de trabajo no podrá superar las 8 horas y se seguirá aplicando la ley de reducción de jornada laboral, que actualmente es de 47 horas y seguirá disminuyendo hasta llegar a 42 en 2026.
  • Se tendrá en cuenta el contrato a término indefinido como el principal para una contratación, seguirá existiendo el contrato fijo o por prestación a servicios, pero en menor medida.
  • Se contará con el pago de un auxilio de internet para los trabajadores a distancia.
  • Se implementará una jornada flexible para los trabajadores que acrediten contar con responsabilidades familiares del cuidado.
  • Se brindarán garantías laborales para el buen desarrollo de funciones de personas en condición de discapacidad.
  • Se brindarán garantías de protección y eliminación para la violencia, el acoso y la discriminación laboral.
  • Se regulan las modalidades de trabajo a distancia y se brindarán garantías laborales a quienes trabajen desde casa.
  • Se aprobaron las reglas para otorgar seguridad social y riesgos laborales para trabajadores de plataformas digitales.
  • Se implementará un programa de formación para el trabajo rural de la mano del SENA y el Ministerio de Agricultura, que permita acreditar y reconocer el trabajo del campo.

Es importante destacar que si bien, estos artículos se leen positivos para la ciudadanía, otros más han generado amplia controversia, entre ellos por los efectos que pueden generar en la contratación de personal y una de las mayores críticas es que este texto no trata directamente los problemas de raíz en el país: el desempleo y el trabajo informal.

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