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Regulan las chivas rumberas en Cartagena: cero consumo de alcohol y control en el ruido

El decreto también prohíbe el tránsito por algunas zonas debido al ruido y descontrol que representan estas chivas rumberas.

Chivas rumberas en Cartagena tendrán restricciones por parte de la Alcaldía | Foto: W Radio Cartagena.

Chivas rumberas en Cartagena tendrán restricciones por parte de la Alcaldía | Foto: W Radio Cartagena.

La Alcaldía Mayor de Cartagena, en cabeza de Dumek Turbay Paz, emitió un decreto en el que impondrán severas medidas para los operadores turísticos de ‘chivas rumberas’ que se han tomado el Centro Histórico y la zona turística de la ciudad.

Se trata del decreto 0930 del 20 de junio del 2024 que establece horarios para el tránsito de las ‘chivas rumberas’, así como se prohíbe el consumo de alcohol a bordo de estas.

Según el alcalde Dumek Turbay, el objetivo de esta medida no es sacar de circulación las chivas tradicionales que son utilizadas para apreciar el patrimonio.

“No he prohibido las chivas, volveremos a ver las chivas tradicionales. Las chivas que eran un actor en el servicio turístico, que recorrían la ciudad, que iban a los puntos más importantes, a los sectores históricos más importantes y que permitían a los turistas y a los cartageneros disfrutar de ese paseo”, indicó Turbay.

Añadió además que, “las chivas que no me gustan, que no quiero y que la gente no quiere es la chiva que tiene excesos en los horarios, exceso en el consumo de alcohol, exceso en el ruido, exceso en las luces y que consideraron que en Cartagena nunca les iban a poner una iban a poner restricción; es lo que estamos haciendo”.

En la aplicación de la medida, el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte DATT, reporta que ya son 2 chivas turísticas las inmovilizadas por no cumplir con las condiciones de operación para prestar este servicio.

Ante esto, en la noche del jueves 20 de junio, en el Centro Histórico de Cartagena, se presentaron cierres por parte de este gremio turístico, en contra de este decreto que, a juicio de los líderes de estos operadores, les afectará significativamente. Indican que el decreto no habría sido consultado ni socializado con ellos.

¿Qué dice el decreto que regula las chivas rumberas?

1. Recorridos: Los vehículos que prestan servicio de transporte público o privado de turismo, a través de chivas turísticas o similares y buses escalonados tipo City SigthSeeing, solo podrán circular las vías estipuladas en el decreto en horario diurno en los barrios Bocagrande, Laguito, Centro, Manga, Getsemaní, Pie del cerro, Cabrero, Marbella y Crespo.

No podrán ingresar al Barrio Castillogrande, ni a los barrios Laguito y Manga en horarios nocturnos.

2. Horarios: la circulación de vehículos que prestan servicio de transporte público o privado de turismo tipo chivas será en el horario comprendido entre las 8:00 AM a 05:00 PM y de 07:00 PM a 10:00 PM. Los buses escalonados tipo “city sigthseeing” solo podrán circular entre las 07:00 A.M a 05:00 P.M.

3. Prohibiciones:

  • Uso de cornetas y dispositivos para producir ruido.
  • Uso de luces intermitentes o de alta intensidad.
  • Música en vivo al interior de los vehículos.
  • Exceder la capacidad de pasajeros estipuladas en la licencia de tránsito o capacidad transportadora.
  • Consumo de bebidas alcohólicas durante los recorridos.

4. Placas: solo podrán prestar el servicio los vehículos placa blanca excepto los vehículos de propiedad de los operadores turísticos y/o los que tengan contrato de leasing financiero.

5. Volumen: el nivel de volumen en equipos reproductores de sonido no podrán superar los máximos permisibles de la resolución 0627 de 2006.

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