¿Qué falta para que se apruebe la reforma pensional definitivamente? Le contamos
El pasado viernes 14 de junio, la reforma pensional fue aprobada por la Cámara de Representantes.
La reforma pensional presentada por el actual Gobierno, en representación de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, fue aprobada el pasado viernes 14 de junio por la Cámara de Representantes, tras siete horas de debate, donde se realizó la evacuación de distintos impedimentos, así como la revisión del texto que venía por parte del Senado de la República y la aprobación de seis artículos: 51, 62, 66, 68, 84 y 88. En ese sentido, se logró una votación de 86 a favor y 31 en contra, de acuerdo con lo indicado por la Cámara.
Con la aceptación de esta reforma, se da paso no solo a un sistema de pilares, sino también a que exista un umbral de cotización, es decir, que todos los colombianos coticen hasta 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) o $2′990.000 COP en Colpensiones y, “los ahorros excedentes a los 2.3 SMLMV [de quienes devenguen más de lo establecido], cotizarán en el fondo privado de elección”; por lo tanto, cuando el afiliado cumpla con los requisitos para recibir su pensión, “se unificarán sus ahorros y serán pagados solo por Colpensiones”, sugiere la Presidencia de la República.
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Sin embargo, es importante mencionar que se creará un fondo administrado por el Banco de la República con el fin de que recoja todos los recursos pensionales; no obstante, primero se fijarán algunas condiciones de inversión y “la manera en que se elegirá la junta directiva que tendrá dicha figura”, aclara la Cámara de Representantes.
Puntos clave de la reforma pensional
De acuerdo con lo señalado por el Ministerio del Trabajo y la Presidencia de la República, la reforma pensional tiene como objetivo tratar de “que nadie se quede por fuera de la pensión”, por medio de la implementación de varios pilares: ‘contributivo’, semicontributivo’, ‘solidario’ y ‘ahorro individual voluntario’. Asimismo, buscará proteger la vejez de más de 2.5 millones de colombianos que viven en condición de pobreza, dando un aporte económico de $223.800 COP mensual a hombres (mayores de 65) y mujeres (mayores de 60) “que tengan hasta el nivel C3 del SISBÉN”.
Otro apartado importante que tiene la reforma es acerca de las condiciones especiales hacia la mujer, es decir, se reducirá el número de semanas mínimas requeridas para el reconocimiento de la pensión por cada hijo tenido, sin que este supere los 3.
Por su parte, en el texto se establece que se mantiene la edad de pensión (62 años para los hombres y 57 para las mujeres), la distribución de la cotización del 16 % y la mesada 13 que se entrega en el mes de diciembre para los pensionados.
¿Qué falta para que se apruebe la reforma pensional definitivamente?
Tras haber superado el debate en la Cámara de Representantes, a la reforma pensional solo le falta la sanción presidencial para convertirse en Ley de la República, esto quiere decir, que se envía a la rama ejecutiva para que lo estudie “y si está de acuerdo lo sanciona y promulga para que el país entero conozca la nueva ley”, sugiere la Cámara.
Por lo tanto, en caso de ser completamente aprobado, la reforma pensional entrará en vigencia a partir de julio de 2025.