Pensionados deberán declarar renta ante la DIAN este 2024, ¿desde cuándo?
Las pensiones que superen las 1.000 UVT están obligadas a pagar el impuesto sobre la renta. Le contamos todos los detalles.
Para agosto, septiembre y octubre, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, solicitará la declaración de renta a los colombianos que registren un patrimonio bruto que supere las 4.500 Unidades de Valor Tributario al cierre del año pasado, equivalente a $211.792.500 o que registren un ingreso total, por consumos con tarjetas de crédito o compras iguales a 1.400 UVT, es decir, $65.891.000. Ese límite también aplica para pensionados.
Según el Estatuto Tributario, los contribuyentes que reciben mensualmente una pensión menor a las 1.000 Unidades de Valor Tributario, es decir, alrededor de 47 millones de pesos, no están obligados a presentar el reporte de sus ingresos, patrimonio, ganancias y demás ante las entidades financieras. No obstante, en caso de superar ese tope, el pensionado deberá presentar la declaración de renta.
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¿Quiénes deben declarar renta en 2024?
En ese orden de ideas, los pensionados que tienen que declarar si alcanzan los topes establecidos por la Dian son quienes tengan:
- Patrimonio bruto que al último día del año 2023 supere los $ 190′854.000.
- Ingresos totales superiores a $ 59′377.000.
- Consumos mediante tarjeta de crédito superiores a $ 59′377.000.
- Compras y consumos superiores a $ 59′377.000.
- Consignaciones bancarias acumuladas superiores a $ 59′377.000.
¿Qué debe hacer un pensionado antes de declarar renta?
Las personas que vayan a declarar renta deben contar con el Registro Único Tributario (RUT) actualizado, allí deben tener la actividad económica ‘0020 Pensionado’ que se describe así:
“Personas naturales cuyos ingresos provengan de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional.”
Ojo, si el pensionado tiene otras actividades económicas, estas también deben estar plasmadas en el RUT, incluyendo las fechas desde que las ejerce y dependiendo de cuál le genera mayores ingresos.
La actualización del RUT se puede hacer mediante la página Muisca de la Dian. Es importante tener una cuenta o registrarse y seguir las indicaciones del sistema.
¿Cuándo se hace la declaración de renta en 2024?
Para saber esta información debe verificar cuáles son los últimos dígitos de su NIT o Número de Identificación Tributaria. Dependiendo de ese dato, deberá declarar renta en la fecha señalada por la Dian para 2024:
- 1 y 2: 12 de agosto del 2024
- 3 y 4: 13 de agosto del 2024
- 5 y 6: 14 de agosto del 2024
- 7 y 8:15 de agosto del 2024
- 9 y 10: 16 de agosto del 2024
- 11 y 12: 20 de agosto del 2024
- 13 y 14: 21 de agosto del 2024
- 15 y 16: 22 de agosto del 2024
- 17 y 18: 23 de agosto del 2024
- 19 y 20: 26 de agosto del 2024
- 21 y 22: 27 de agosto del 2024
- 23 y 24: 28 de agosto del 2024
- 25 y 26: 29 de agosto del 2024
- 27 y 28: 2 de septiembre del 2024
- 29 y 30: 3 de septiembre del 2024
- 31 y 32: 4 de septiembre del 2024
- 33 y 34: 5 de septiembre del 2024
- 35 y 36: 6 de septiembre del 2024
- 37 y 38: 9 de septiembre del 2024
- 39 y 40: 10 de septiembre del 2024
- 41 y 42: 11 de septiembre del 2024
- 43 y 44: 12 de septiembre del 2024
- 45 y 46: 13 de septiembre del 2024
- 47 y 48: 16 de septiembre del 2024
- 49 y 50: 17 de septiembre del 2024
- 51 y 52: 18 de septiembre del 2024
- 53 y 54: 19 de septiembre del 2024
- 55 y 56: 20 de septiembre del 2024
- 57 y 58: 23 de septiembre del 2024
- 59 y 60: 24 de septiembre del 2024
- 61 y 62: 25 de septiembre del 2024
- 63 y 64: 26 de septiembre del 2024
- 65 y 66: 27 de septiembre del 2024
- 67 y 68: 1 de octubre del 2024
- 69 y 70: 2 de octubre del 2024
- 71 y 72: 3 de octubre del 2024
- 73 y 74: 4 de octubre del 2024
- 75 y 76: 7 de octubre del 2024
- 77 y 78: 8 de octubre del 2024
- 79 y 80: 9 de octubre del 2024
- 81 y 82: 10 de octubre del 2024
- 83 y 84: 11 de octubre del 2024
- 85 y 86: 15 de octubre del 2024
- 87 y 88: 16 de octubre del 2024
- 89 y 90: 17 de octubre del 2024
- 91 y 92: 18 de octubre del 2024
- 93 y 94: 21 de octubre del 2024
- 95 y 96: 22 de octubre del 2024
- 97 y 98: 23 de octubre del 2024
- 99 y 00: 24 de octubre del 2024.
Es importante mencionar que puede ser sancionado en caso de no realizar la declaración de renta el día que a su NIT le corresponda.