Estas son las únicas motos que no pagan impuestos en Colombia: ¿por qué?
Conozca cuáles son las únicas motos que no pagan impuestos, peajes y están libres del IVA para su venta. ¿Tiene una?
Los propietarios de automotores matriculados no solo en la capital colombiana, sino en todo el territorio nacional, deben hacer anualmente el pago del impuesto vehicular, un trámite de carácter obligatorio que “recae sobre la propiedad o posesión”, explica la Alcaldía de Bogotá; sin embargo, quien se niegue a cancelar en su totalidad el impuesto, podría ser multado o recibir importantes sanciones.
Con el fin de que esto último no suceda, las distintas Secretarías de Movilidad departamentales y distritales hacen jornadas de descuento por pronto pago, que van desde el 10 % en adelante. Además, para facilitarle la vida al propietario del vehículo, ponen a disposición del interesado una serie de canales físicos y virtuales para hacer la respectiva cancelación.
Eso sí, es importante destacar que algunos vehículos de dos ruedas no pagan impuestos, lo que para muchos resulta ser un alivio al bolsillo.
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¿Cuáles son las motos que no pagan impuestos?
El factor determinante es el cilindraje de la motocicleta, la cual debe ser igual o menor a 125 cc, así como las motonetas o bicicletas, que también están exentas del pago. Las motos con este nivel de cilindraje no lo usan por completo, llegando a significar menos.
Si no sabe cómo identificar el cilindraje de su motocicleta, puede encontrarlo en la tarjeta de propiedad del vehículo.
Estas motos quedaron exentas no solo del pago de este impuesto, sino también del pago de peajes y del IVA, cuando se compran nuevas, gracias a la ley 488 de 1998.
Esta reglamentación dicta estos beneficios teniendo en cuenta que este tipo de motos son uno de los principales medios de transporte y sustento de los estratos bajos del país, teniendo costos de operación igualmente bajos.
¿Cuánto cuesta el impuesto vehicular en 2024?
Tenga en cuenta que las tarifas del impuesto vehicular para 2024 fueron establecidas por el decreto 2228 del 22 de diciembre de 2023, las cuales aplican a nivel nacional. Estas son:
- Vehículos entre 0 y $54′057.000: 1.7 %
- Vehículos entre $54′057.001 y $121′625.000: 2.7 %
- Vehículos entre $121′625.001 y en adelante: 3.7 %
- Motocicletas más de 125 cm3: 1.7 %
- Vehículos eléctricos: 1.2%
Es importante señalar que existen descuentos del 60% para vehículos eléctricos y 40% para híbridos, los cuales se aplican durante los cinco años después de su matrícula.
Así mismo, las sanciones por pagar fuera de los plazos tienen un cobro del 1.5% por mes de mora sobre el valor del impuesto, sin exceder el 100 % del impuesto total.