Esto es lo máximo que puede recibir un pensionado en Colombia: equivale a 25 SMMLV
El Banco de la República tiene estipulado que son 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes como el tope máximo que puede percibir un pensionado en Colombia.
Con la reforma pensional que presentó el Gobierno Nacional ante el Congreso de la República, la duda ha surgido en millones de colombianos que aún no saben de qué manera los impactara este proyecto.
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Una de las principales iniciativas de la reforma del Gobierno Petro es la de ampliar la cobertura en protección real a la vejez, a través de tres mecanismos: renta solidaria, renta vitalicia y pensión.
Otro de los puntos clave que cambia la reforma es el actual sistema pensional, pues los parámetros para cotizar en Colpensiones cambiarían, al igual que las condiciones para hacerlo en los fondos privados.
Ante eso, una de las preguntas más frecuentes entre los colombianos es ¿cuánto es lo máximo que puede recibir una persona pensionada en Colombia?
Según lo explica el Banco de la República en su página web, las pensiones que reconocen “tienen un tope máximo legal de 25 veces el salario mínimo legal mensual de acuerdo con la ley 797 de 2003″.
¿Cuánto es valor máximo que puede recibir un pensionado en Colombia?
Con el salario mínimo estipulado para el 2024, siendo 1.3 millones de pesos, lo máximo que puede recibir una persona es 32.5 millones de pesos.
Cabe destacar que a los pensionados se les quita el 12% de su mesada pensional para aporte en salud, menos a quienes ganan entre 2 y 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes, rango que para 2024 está entre 1.3 millones y los 3.9 millones de pesos.
¿Qué tipos de pensiones hay en Colombia?
Pensión por vejez
Este busca que las personas tengan un alivio al momento de retirarse de la vida laboral activa. Para esta se necesitan tener en cuenta tres factores:
- Edad: hombres 62 y mujeres 57.
- Semanas cotizadas: 1300 semanas.
- Capital: las personas que cuentan con buenos ahorros pueden solicitar una proyección de la mesada pensional y pensionarse de manera anticipada.
Pensión por invalidez
Es el tipo de pensión que se puede solicitar cuando se pierde el 50% o más de la capacidad laboral, además debe cumplir con estos requisitos:
- Tener mínimo 50 semanas cotizadas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha de que se le decretó por parte de la ARL o EPS.
- Si es menor de 20 años, requiere haber cotizado 26 semanas en el último año.
- Si es mayor de 21 años, debe haber cotizado 50 semanas durante los últimos tres años antes del accidente.
Pensión se sobrevivencia
Es a la que acceden los beneficiarios (hijos o conyugue) cuando el trabajador muere, pero también usted puede obtenerla si uno de sus familiares fallece.
- El requisito para esta pensión es tener 50 semanas cotizadas dentro de los últimos tres años anteriores antes del fallecimiento.