Actualidad

Colombia derrotó a Montauk: queda en firme la prohibición de minería en Santurbán

Con esta decisión, y por la actuación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el país se salvó de pagarle más de $700.000 millones a la minera canadiense.

Santurbán

La W conoció que Colombia derrotó de forma absoluta a la minera Montauk, antes Galway, en un arbitraje por la prohibición de la minería en el páramo de Santurbán.

Lea también:

El tribunal de arbitraje señaló, en línea con lo decidido por el tribunal del caso Red Eagle, que “la prohibición de minería en páramos no viola el TLC (Tratado de Libre Comercio) con Canadá porque se trata de una medida regulatoria legítima implementada sin discriminaciones”.

El tribunal también enfatizó que cada vez emerge con mayor claridad que la decisión contra Colombia en el caso Eco Oro es “un absurdo jurídico que debe ser anulado”.

Agencia Jurídica reacciona a la decisión del tribunal de arbitraje

El director de la Agencia Jurídica del Estado, Jhon Camargo, se anotó una segunda victoria al lograr este nuevo triunfo para la Nación bajo su dirección.

Por eso, Camargo celebró esta decisión: “No puedo estar más complacido al comunicar que Colombia derrotó de forma absoluta a la minera Montauk por la prohibición de minería Santurbán”.

El primer triunfo sobre el Páramo Santurbán tiene que ver con la Red Eagle Exploration Limited, cuando esta firma pedía una indemnización de unos 130 millones de dólares al alegar que la prohibición del Gobierno sobre la minería en ecosistemas de páramo le había impedido desarrollar un proyecto minero en los títulos ubicados en el área del páramo de Santurbán.

Según la firma, este hecho constituía una expropiación indirecta de su inversión.

Aun así, el Estado ganó la demanda porque el tribunal de arbitraje adoptó el argumento de que no existió el carácter discriminatorio y reconoció la buena fe de las medidas adoptadas por el Estado para la protección del interés general.

Sobre la decisión

En relación con el reclamo de expropiación por parte del inversionista, el tribunal encontró que las medidas adoptadas por Colombia se tomaron de buena fe y constituían un ejercicio legítimo del derecho del Estado de ejercer potestades regulatorias para proteger el ecosistema de los páramos.

Con esta decisión, y por la actuación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el país se salvó de pagarle más de $700.000 millones a la minera canadiense.

Por otro lado, el tribunal encontró que el inversionista no tenía una expectativa legítima de que Colombia iba a proteger los páramos, ni que las actuaciones de Colombia pudieran ser calificadas manifiestamente de arbitrarias o injustas.

De igual forma, el tribunal consideró que dichas acciones no fueron arbitrarias.

El tribunal acogió los argumentos de defensa presentados por el Estado colombiano y concluyó que la prohibición de las actividades mineras en ecosistemas de páramos, y su implementación en el páramo de Santurbán, no constituyeron una expropiación de los derechos del inversionista.

Con esto se confirma que la decisión condenatoria contra Colombia en el caso Eco Oro Minerals no refleja el Estado del derecho internacional: “contrario a lo señalado en Eco Oro, Colombia no generó incertidumbres excesivas ni arbitrariedades en el proceso de protección del páramo de Santurbán”, señaló.

“Colombia celebró la decisión del Tribunal Arbitral que reconoce los esfuerzos y las medidas legítimamente adoptas por Colombia para la protección del interés general y la protección del medio ambiente”, señaló la Agencia Jurídica.

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente

  • Páramo de Santurbán. Foto: Ministerio de Ambiente