Corte confirma orden para que fiscal resuelva medida de aseguramiento contra Cielo Gnecco
Cielo Gnecco también seguirá siendo investigada por los delitos de lesa humanidad.
La Corte Suprema de Justicia confirmó el fallo de tutela del Tribunal Superior de Bogotá que ordenó continuar el proceso por homicidio contra Cielo Gnecco Cerchiaro, al rechazar la impugnación presentada por la Fiscalía General de la Nación y la defensa.
El alto tribunal también ordenó que continúe la investigación en su contra por los delitos de lesa humanidad.
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La orden del Tribunal Superior de Bogotá que confirmó la Corte se trató de reabrir el proceso por estar presuntamente implicada en el homicidio y el secuestro de dos contratistas de la Gobernación del Cesar en 2002, Jairo Alberto Hernández Hinojosa y Carlos Mendoza Guerra, asesinados por paramilitares.
Además, le dio cinco días a la Fiscalía para que definiera la medida de aseguramiento.
En las consideraciones de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, la Fiscalía “desbordó su competencia” por pretender ser superior de una autoridad de igual jerarquía, al sugerir que no se tuvieran en cuenta los delitos de lesa humanidad.
Es decir, la Fiscalía decidió ejercer control sobre la declaratoria de los delitos de lesa humanidad, aun cuando ese tema no había sido objeto de debate y en esa oportunidad la defensa únicamente había pedido la nulidad.
El fallo impugnado
Inconforme con estos argumentos, la Fiscalía, en cabeza de la Dirección Especializada contra las Violaciones de Derechos Humanos, impugnó esta decisión.
El ente acusador pidió anular el fallo del tribunal, bajo el argumento de que el testigo alias ‘39′, David Hernández Rojas, mano derecha de Rodrigo Tovar, alias ‘Jorge 40′, uno de los paramilitares más recordados en el César, ya falleció y no puede corroborar los vínculos de Gnecco con los delitos de lesa humanidad.
Por su parte, la apelación de la defensa argumentó:
- “Lo que se pretende es condenar a su poderdante porque posee el apellido Gnecco, el cuál ha sido objeto de juicios mediáticos, pero no se evidencia en la resolución atacada algún defecto, pues claramente la nulidad se presentó debido a que la acción penal se encontraba prescrita desde el año 2022″.
Sin embargo, la tutela fue presentada por la procuradora 10 judicial penal bajo el argumento que la Fiscalía no tenía la competencia para definir sobre el asunto de lesa humanidad.
Finalmente, para la sala de la Corte Suprema de Justicia, se presentaron varias irregularidades que afectaron los derechos al debido proceso y la Fiscalía no expuso las razones para considerar que se trataba de un delito de lesa humanidad, sino que se limitó a imputar a Gnecco Cerchiaro el delito de homicidio en persona protegida sin “ahondar en las circunstancias fácticas”.
Es decir, que el sustento jurídico tenga que ver con hechos del conflicto armado en Colombia.