Álvaro Uribe Vélez fue el determinador de la presunta manipulación de testigos: Fiscalía
El expresidente será llevado a juicio por los delitos de fraude procesal, soborno y soborno en actuación penal.
La Fiscalía General de la Nación acusó formalmente al exsenador Álvaro Uribe Vélez por su presunta responsabilidad en los delitos de fraude procesal, soborno y soborno en actuación penal.
El fiscal primero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Gilberto Villarreal, llamó formalmente a juicio al también expresidente, a quien calificó como ‘el determinador’ de la presunta manipulación de los testigos Carlos Enrique Vélez Ramírez, Juan Guillermo Monsalve Pineda, y Eurídice Cortés Velasco, (todos exparamilitares y privados de la libertad)”.
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“Álvaro Uribe Vélez, expresidente de la República, contando con apoyo consciente, deliberado y sistemático de múltiples personas, además, bajo la coordinación, la dirección y con el beneplácito, patrocinio o aval suyo, materializó la estrategia que idearon para lograr testimonios, documentos, y/u otros medios probatorios”, dijo.
Lo anterior, “que dieran cuenta de hechos o situaciones parcialmente cierto(a)s o que no correspondían a la realidad y que les sirviera para falsear o colocar en duda versiones que contra él y su hermano Santiago habían rendido y reiterado los señores Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, entre otros, particularmente con ocasión de la investigación previa referida atrás o por actuaciones penales distintas y que se ventilaban ante la Corte Suprema de Justicia o ante otras autoridades”, señaló el fiscal en la diligencia.
El fiscal comentó que el expresidente Uribe determinó al abogado Diego Cadena Ramírez para que, supuestamente, ofreciera prebendas o coimas a los seleccionados testigos para que declararan a su favor.
“Álvaro Uribe Vélez determinó al abogado Diego Javier Cadena Ramírez para que directamente o por interpuesta persona, entregara y/o prometiera dinero u otras utilidades a seleccionados testigos de hechos delictivos, para que faltaran a la verdad o la callaren total o parcialmente en las actuaciones penales aludidas”, explicó.
“Al mismo tiempo, con tan específicos actos, indujo en error a la Sala de Instrucción No. 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para obtener de esta, decisiones contrarias a la ley”.