¿Se puede renovar la licencia de conducción si se tiene multas pendientes?
¿Tiene multas de tránsito pendientes de pago? Le contamos si es o no requisito estar al día para renovar la licencia de conducción
Para movilizarse en carro, camión, moto u otro vehículo terrestre, los conductores deben tener al día diferentes documentos como la revisión técnico-mecánica, el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), entre otros, esto con el fin de evitar cuantiosas multas impuestas por las autoridades competentes. Adicional, deben portar en físico o digital la licencia de conducción vigente, un “documento de carácter personal e intransferible (…) que autoriza a una persona para la conducción de vehículos en Colombia”, explica el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Para tramitar dicho documento por primera vez, el ciudadano tuvo que haber realizado un curso para aprender a manejar, estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), presentar una serie de exámenes para determinar sus aptitudes físicas, mental y de coordinación motriz, un certificado dado por un Centro de Enseñanza Automovilística (CEA) autorizada en el que se verifique que tiene las condiciones para conducir, entre otros papeles.
Una vez efectuado el trámite ante una oficina de Servicios Integrales para la Movilidad (SIM) o en las Secretearías de Tránsito y Movilidad, el interesado obtendrá dentro del tiempo establecido, la licencia de conducción para transitar sin inconveniente por el territorio nacional. Adicionalmente, deberá tener presente la fecha de vencimiento con el fin de que haga la debida refrendación o renovación.
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¿Cada cuánto se debe renovar la licencia de conducción?
De acuerdo con lo informado por la Secretaría de Movilidad de Bogotá, el tiempo de renovación de la licencia de conducción dependerá de la edad del conductor, así como de la categoría que se tenga, es decir, si es apta para vehículos particulares o de servicio público:
Vehículos particulares:
- Conductores menores de 60 deben renovarla cada 10 años.
- Conductores entre los 60 y 80 cada 5 años será la renovación.
- Conductores mayores de 80 tendrán que refrendarla cada año.
Vehículos de servicio públicos:
- Conductores menores de 60 cada 3 años deben hacer la refrendación.
- Conductores mayores de 60 tendrán que renovarla cada año.
Ahora bien, en caso de no refrendar a tiempo la licencia de conducción, el ciudadano podrá ser multado por las autoridades de tránsito y pagar una cuantía de 8 salarios mínimos legales diarios (smldv), es decir, $346.666 COP.
¿Se puede renovar la licencia de conducción si se tienen multas pendientes?
La respuesta es no. De acuerdo con lo informado por el Ministerio del Transporte, quienes tengan multas o infracciones de tránsito sin pagar, deberán efectuar la cancelación total o “suscribir un acuerdo de pago con el organismo de tránsito” para realizar el trámite de renovación de la licencia de conducción. Este dato es posible verlo a través de la página oficial del SIMIT.
Adicional a ello, también deberán completar los siguientes requerimientos para el trámite de renovación:
- Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
- Acercarse a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) con el fin de pagar todos los derechos correspondientes al trámite y al examen físico, mental y de coordinación motriz.
- Posteriormente, dirigirse a un organismo de tránsito autorizado para renovar la licencia de conducción, pagando la tarifa establecida.