JEP revocó sanción contra director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior
El alto funcionario aseguró que sí ha trabajado por los objetivos propuestos en esta materia.
El Ministerio del Interior informó que la Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz, de manera unánime, revocó la decisión de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Responsabilidad en el proceso sancionatorio que había abierto contra el director de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, Franklin Castañeda, a quien le habían impuesto una sanción de arresto durante dos días por un presunto incumplimiento a órdenes impartidas por dicha sala de la JEP.
En contexto:
En una decisión de segunda instancia, la JEP accedió a la apelación presentada por el director y resaltó el progreso del Ministerio del Interior en la elaboración de la política pública que busca intervenir los cementerios de cara a la búsqueda de personas dadas por desaparecidas.
“Respeto las decisiones judiciales y a la JEP en particular, sin embargo, en ejercicio del derecho de defensa, interpuse las acciones legales que me permiten hoy recibir con agrado la noticia de que la JEP, en segunda instancia, reconoce la labor del Ministerio del Interior y revoca la orden dada en primera instancia. Se debe anotar que tal como lo estipulan las bases del plan de desarrollo, las víctimas podrán contar dentro de poco con una nueva política pública para la intervención de cementerios, producto de una estrategia participativa e interinstitucional”, dijo Castañeda
De igual forma, la sección reconoció que el director de Derechos Humanos ha tenido una “actitud proactiva para cumplir con la orden de generar un plan de acción en colaboración con el Gobierno y la sociedad civil para abordar los problemas estructurales en esta área, lo que refleja un compromiso institucional significativo”.
Finalmente, “la Sección de Apelación instó a la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Responsabilidad a que, en el futuro y de acuerdo con lo establecido en sus decisiones, otorgue y tramite los incidentes de incumplimiento conforme a la ley y conceda efectos suspensivos a las apelaciones presentadas contra las decisiones que impongan dichas sanciones y de esa forma se brinde una segunda instancia que permita garantizar el debido proceso”.