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Ingreso Solidario: Fiscalía archivó denuncia contra la vicepresidenta Francia Márquez

Según la investigación, la funcionaria no cometió ningún delito al recibir el subsidio.

La vicepresidenta de Colombia, Francia Márquez. Foto: EFE. / Ricardo Maldonado Rozo

La Fiscalía General de la Nación archivó la investigación que se adelantaba contra la vicepresidenta Francia Márquez, por el delito de fraude a subvenciones, esto por haber recibido el subsidio de Ingreso Solidario en medio de la pandemia del coronavirus.

En ese sentido, el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Javier Cárdenas, luego de un año de haber analizado e investigado la denuncia que hizo el representante a la Cámara, Hernán Cadavid del Centro Democrático, concluyó que no existe evidencia de que la vicepresidenta Márquez hubiese incurrido en alguna falta penal.

“En conclusión, Francia Márquez Mina no realizó ningún comportamiento contrario a la ley tendiente a ser incluida en los hogares potencialmente beneficiarios del programa, como tampoco realizó comportamiento engañoso para mantenerse en dicho programa, dejando de recibir los beneficios tantas veces mencionados cuando se posesionó en el cargo que hoy funge, por lo que se considera que el hecho o conducta punible denunciada no existió, así como tampoco se avizora la posible ocurrencia de otra conducta ilícita”.

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Con base en esos argumentos, el fiscal Cárdenas decidió.

“En mérito de lo expuesto, el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema de Justicia ordena primero: ordenar el archivo de las diligencias, como quiera que la conducta que se atribuye a Francia Márquez, no se adecua objetivamente a la conducta prevista en el artículo 403 A, ni a ninguno otro de los previstos por el Código penal, de conformidad con el artículo 79 de la ley 906 de 2004, al constatarse la inexistencia de hechos denunciados”.

Sin embargo, aclaró que, de conocerse alguna evidencia que advierta que se cometió alguna conducta punible, será investigada.

“Segundo: hacer la advertencia a los interesados que la presente decisión no hace tránsito a cosa juzgada material y que, por lo tanto, en el evento que sobrevenga nueva y trascendental información o evidencia –que permita advertir que la posible(s) conducta(s) punible(s), sí ocurrió, se ordenará reanudar la indagación, siempre que la acción penal no se haya extinguido”, apartes de la orden que impartió el fiscal Cárdenas.