Pasos para solicitar la devolución de aportes a Colpensiones: Link y formulario
Este trámite surge a raíz de solicitudes realizadas por ciudadanos, empleadores y afiliados que han efectuado pagos de forma errada.
Son millones de ciudadanos que hacen aportes a sus pensiones a través de Colpensiones, garantizando un alivio económico al llegar a su jubilación. Sin embargo, por en algunas ocasiones se han conocido errores en los pagos de esta y existen, entre los ciudadanos, varios interrogantes sobre cómo recuperar estos aportes.
Ante esto, Colpensiones cuenta con un procedimiento para devolver aportes a terceros debido a errores en los pagos al Régimen de Prima Media (RPM). Este trámite surge a raíz de solicitudes realizadas por ciudadanos, empleadores y afiliados que han efectuado pagos de forma errada o sin tener la obligación de cotizar.
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Es decir que, la devolución de estas cotizaciones, según lo establecido por Colpensiones, será únicamente para el aportante, ya sea una empresa o un trabajador independiente, que haya realizado el pago incorrecto.
Colpensiones: Tipos de devolución de aportes
Los tipos de devolución autorizados incluyen situaciones como pensionados por vejez o aquellos que recibieron una indemnización sustitutiva de la pensión y luego efectuaron cotizaciones en pensión como independientes o mediante empleadores al ISS o a Colpensiones. Ingrese aquí para realizar la solicitud.
- Otro caso son las cotizaciones dobles, cuando un mismo empleador realiza pagos duplicados para un mismo ciclo, y los errores en el Ingreso Base de Cotización (IBC).
- Asimismo, se contempla la devolución para aquellos afiliados al Régimen Subsidiado E que dejaron de cancelar sus aportes durante seis meses consecutivos y fueron retirados del programa, o que continuaron pagando después de cumplir 65 años de edad. Aquí el formulario de solicitud.
- También se incluyen casos en los que el ciudadano registra aportes como contributivo y subsidiado para un mismo ciclo, o cuando realiza aportes por un valor menor al asignado por el administrador del programa.
- El Decreto 510 también habilita la devolución para afiliados que no realizaron cotizaciones a salud pero sí pagaron a pensión.
¿Cómo hacer la solicitud?
Para solicitar la devolución de los aportes, se debe descargar y completar el formulario “Devolución de aportes a terceros y entidades”.
En casos específicos, como los de devolución por causal Exonerado o Decreto 510, se debe adjuntar el acto administrativo de reconocimiento pensional.
Es importante destacar que solo se puede realizar la devolución si no existen deudas por aportes pendientes a cargo del aportante. En caso de deudas, este deberá iniciar el proceso de normalización del estado de cuenta a través del Portal Web del Aportante (PWA).
Este anuncio marca un paso inusual en la gestión de pagos y cotizaciones, brindando un alivio financiero a aquellos que hayan cometido errores en sus contribuciones al sistema de pensiones.
El trámite de Devolución de Aportes a Terceros surge por solicitudes efectuadas por ciudadanos, empleadores y afiliados, con ocasión de pagos efectuados al RPM en forma errada o sin que exista la obligación de efectuar cotización. Estas cotizaciones solo se devuelven al aportante (empresa o independiente), que haya realizado el pago errado.
Tipos de devolución autorizados por Colpensiones:
- Exonerado: Pensionados por vejez o que recibieron una indemnización sustitutiva de la pensión y luego efectuaron cotizaciones en pensión como independiente o mediante empleador al ISS o a Colpensiones. La solicitud debe hacerla quien realizó los aportes.
- Cotizaciones dobles: Cuando por un mismo empleador se realizaron pagos (cotizaciones) dobles para un mismo ciclo.
- Error de IBC
- Régimen Subsidiado E: Cuando la persona dejó de cancelar (6) meses continuos el aporte que le corresponde y fue retirada del programa, o cuando el cotizante cumplió 65 años de edad y siguió pagando el aporte, se realizará la devolución de los aportes hechos con posterioridad al retiro reportado por el Administrador del PSAP, hoy Fiduagraria - Equiedad (antes Consorcio Colombia Mayor) o al cumplimiento de la edad; cuando el ciudadano registra aporte como contributivo y como subsidiado para un mismo ciclo; cuando el ciudadano realiza el aporte por menor valor del grupo poblacional asignado por el Administrador del PSAP, hoy Fiduagraria - Equiedad (antes Consorcio Colombia Mayor).
- Decreto 510: Afiliados que no efectuaron cotizaciones a salud y sí efectuaron pagos a pensión.
Para solicitar la devolución de aportes, descarga y diligencia el formulario “devolución de aportes a terceros y entidades” .
Para la solicitud de causal de devolución Exonerado o Decreto 510 se debe adjuntar el acto administrativo de reconocimiento pensional.
Solo es posible realizar el pago si no existen deudas por aportes a cargo del aportante. Si hay deudas pendientes, el aportante deberá iniciar el proceso de normalización del estado de cuenta a través del Portal Web del Aportante (PWA).