Judicial

Juez no sancionará al fiscal Burgos ni compulsará copias contra defensor de Nicolás Petro

La defensa continuó insistiendo en que la Fiscalía no ha entregado todos los elementos materiales probatorios que se recopilaron contra el hijo mayor del presidente Gustavo Petro.

Nicolás Petroy el fiscal Mario Burgos | Captura de pantalla: Audiencia

Nicolás Petroy el fiscal Mario Burgos | Captura de pantalla: Audiencia

El juez segundo Penal del Circuito Especializado de Barranquilla, decidió abstenerse de sancionar al fiscal Mario Burgos por no entregar las pruebas completas recaudadas contra Nicolás Petro, pero tampoco compulsará copias contra el abogado defensor, Diego Henao, así lo decidió al cerrar incidente de medidas correccionales.

Lea también:

  1. ABSTENERSE de sancionar con imposición de sanción al Dr. MARIO ANDRÉS BURGOS, en su condición de Fiscal Primero Delegado ante el Tribunal de Distrito Judicial de Bogotá D.C. conforme lo expuesto en la parte motiva de este proveído.
  2. DECRETAR cerrado el incidente de imposición de sanción en contra del Dr. MARIO ANDRES BURGOS, en su condición de Fiscal Primero Delegado ante el Tribunal de Distrito Judicial de Bogotá D.C.
  3. ABSTENERSE de compulsar copias disciplinarias y penales en contra del defensor de confianza del procesado NICOLÁS FERNANDO PETRO BURGOS, Dr. DIEGO HENAO VARGAS”, apartes de la decisión del juez del caso.

Entre tanto, el abogado Diego Henao, defensor de Nicolás Petro, expuso nuevamente ante el juez que la Fiscalía General de la Nación, desde el mes de enero, se ha negado a entregar todos los elementos materiales probatorios que recaudó contra su cliente y pese a existir una orden de un juez se continuó negando.

También señaló que el descubrimiento probatorio no ha sido completo.

Por su parte, el fiscal Burgos reiteró que no dará a conocer la identidad de la fuente no formal y al contrario dijo que sí ha revelado todas las evidencias recopiladas.

El juez consideró que no es posible sancionar al fiscal Burgos ni tampoco a la defensa de Nicolás Petro y explicó que la controversia por el descubrimiento probatorio deberá hacerse en la audiencia preparatoria.

“No operan por mera formalidad o incumplimiento, sino que, debe probarse la mala fe o incuria voluntaria que pretende sorprender a la otra parte, por ende, tampoco el juzgado en el momento compulsará copias disciplinarias o penales contra la defensa, tal como lo ha solicitado la Fiscalía para que, ese contradictorio polémico del descubrimiento probatorio surta su curso natural y jurídico en la audiencia preparatoria”, expresó el juez.

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