JEP juzgará al secretariado de las Farc por haber usado a secuestrados como esclavos
La magistratura ratificó la imputación en contra de la extinta guerrilla, asegurando que Rodrigo Londoño y los demás exintegrantes de la dirección de las Farc conocían de los trabajos forzados impuestos a los secuestrados.
La Sección de Reconocimiento de la JEP, instancia que emite las sentencias a los máximos responsables que reconocen responsabilidad, anunció la ratificación de la imputación en contra del secretariado de las Farc por haber esclavizado a secuestrados e integrantes de la población civil, por lo cual la antigua dirección guerrillera, será juzgada por la comisión de ese crimen de guerra (como lo había solicitado la Procuraduría).
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De acuerdo con lo definido por la magistratura de la Sección, en cabeza del magistrado Camilo Suárez Aldana, el ex secretariado de las Farc conoció de la imposición de trabajos forzados en contra de los secuestrados, y son responsables por cadena de mando, reconocido lo anterior como un “ataque generalizado” que despojó a las víctimas de su capacidad de decisión.
“...los trabajos forzados impuestos por los miembros de las antiguas Farc-EP se caracterizaron por la imposibilidad de las víctimas de cambiar su condición por la coerción, el temor, las amenazas y las restricciones físicas a su libertad individual que anularon su personalidad jurídica como individuos” señaló la Sección.
En la decisión, asimismo, la Sección afirmó que esa extinta guerrilla aplicó dichos trabajos forzados como un mecanismo de castigo, o de control territorial, o también como una manera de favorecer sus intereses en las zonas donde hacía presencia.
“...se caracterizaron por el control y abuso como medio para el desarrollo de los trabajos, las amenazas de muerte o peligro para la integridad en el caso de no realizar los trabajos e, incluso, como consecuencia de la falta de capacidad de pago de las víctimas”, dijo la JEP.
Sobre lo estrictamente relacionado con los secuestros como tal, la jurisdicción aseveró que además de la financiación, el uso de las personas como canje para liberar guerrilleros, y control de poblaciones, también los secuestrados “padecieron de la estigmatización durante y después de su privación de la libertad, en asociación al secuestro como una forma de castigo”.
Tras esta decisión, que es susceptible de recurso de reposición, se procederá a fijar la fecha de una audiencia de verificación, en la cual se constatará que el nivel de aporte a la verdad haya sido satisfactorio y además, que se cumpla con la forma de reparación, para allí emitir la sentencia que impondrá sanciones de entre 5 y 8 años para los exintegrantes del secretariado.