¿Qué son las vacancias definitivas? Así se liberan estas ofertas de la CNSC
Estas vacantes se encuentran reguladas por el Decreto 1083 de 2015 expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Muchos colombianos sueñan con ser funcionarios públicos en cualquier entidad del orden nacional y territorial del país con el fin de servir a la comunidad por medio de estrategias o planes de acción encaminados a este objetivo; sin embargo, para ocupar alguno de estos cargos deberán inscribirse a los concursos ofertados por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) donde se premia la meritocracia a través de su plataforma de SIMO.
Además, presentar las diferentes pruebas escritas, así como entrevistas a las que haya lugar para ser merecedor de un puesto público sea de carrera administrativa, asistencial, entre otros. Vale la pena mencionar que, por el momento, no hay inscripciones abiertas a los concursos; no obstante, los ciudadanos interesados deberán estar atentos de los canales de información de la CNSC para nuevas convocatorias.
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¿Qué son las vacancias definitivas?
Dentro de la extensa terminología que maneja la Comisión Nacional del Servicio Civil se encuentra todo lo relacionado con las vacancias definitivas, “empleos de carrera administrativa que no han sido provistos por el sistema de mérito o que, habiendo sido provistos por este medio, quedaron vacantes por alguna causal de retiro”, explica la entidad en su portal web.
Asimismo, las organizaciones del Estado tendrán la obligación de hacer un reporte sobre los puestos que estén bajo esta clase de vacancia con el fin de que tanto la Comisión como el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) y la ciudadanía “conozcan cuántos cargos de carrera administrativa se encuentran disponibles en el sector público y cuáles se encuentran en procesos de selección de meritocracia”, agregan.
Es importante resaltar que hasta el 12 de mayo, todas las entidades de la Rama Ejecutiva y las Corporaciones Autónomas Regionales deberán cargar las vacancias definitivas existentes a corte de 31 de diciembre de 2023, de acuerdo con lo mencionado en la circular No. 100 - 001 - 2024.
¿Por qué se liberan las vacancias definitivas?
Según lo indicado en la norma 1083 de 2015 en el que se define el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, las vacancias definitivas se dan bajo las siguientes ocasiones:
- Por renuncia regularmente aceptada.
- Cuando se realice una declaratoria de insubsistencia del nombramiento en los empleos de libre nombramiento y remoción.
- Por declaratoria de insubsistencia del nombramiento como consecuencia de un resultado no satisfactorio en la evaluación del desempeño laboral de un empleado de carrera administrativa.
- Por insubsistencia de un nombramiento provisional.
- Cuando ocurre destitución de un cargo como consecuencia de un proceso disciplinario.
- Por revocatoria del nombramiento.
- En el momento en que sucede la invalidez absoluta.
- Porque el empleado está gozando de su pensión.
- En caso de retiro forzoso para funcionarios públicos.
- Por traslado de una sede a otra.
- Cuando se declare la nulidad del nombramiento por decisión judicial o cuando se ordene la vacancia judicialmente.
- Por declaratoria de abandono del empleo.
- Cuando ocurra la muerte o fallecimiento del servidor público.
- Por terminación del período para el cual fue nombrado.