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Demandan en Consejo de Estado personería jurídica de Soy Porque Somos de Francia Márquez

Se pide la nulidad del acto administrativo que le dio la personería jurídica y que se elimine del registro único de partidos políticos a Soy porque Somos de Francia Márquez.

Demandan ante el Consejo de Estado la personería jurídica del movimiento político Soy Porque Somos, de la vicepresidenta Francia Márquez.

La abogada Ximena Echavarría alega en sus argumentos que fueron transgredidos varios presupuestos legales y se dio la doble militancia.

Hay que recordar que la solicitud de Soy Porque Somos fue hecha aduciendo la participación de Francia Márquez en la coalición del Pacto Histórico y señalando que era precandidata a la Presidencia y que participó en la consulta del Pacto Histórico y la candidatura de Dorina Hernández Palomino, representante a la Cámara por Bolívar.

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Es decir, se hizo un acuerdo para que el Polo Democrático le diera los avales a Soy Porque Somos porque ellos no podían avalar, teniendo en cuenta que no eran partido.

La demanda señala que ese supuesto acuerdo político es un documento que no tiene validez jurídica por el campo electoral, porque Dorina Hernández, que es hoy representante y fue avalada por el Polo, era en realidad militante de Soy Porque Somos, y Francia Márquez, quien en la consulta del Pacto participó con el aval del Polo, también era militante de Soy Porque Somos, lo que incurría también en doble militancia.

La demanda señala que, el Consejo Nacional Electoral se pasó por la faja el artículo 108 de la Constitución, que establece el porcentaje de los votos válidos del censo electoral, para que se reconozca la personería jurídica, y el 262 en el que se dice que las coaliciones de hacen entre partidos con personería jurídica.

“El acuerdo político que hace el Polo Democrático con Soy Porque Somos dice que el Polo Democrático va a dar el aval, pero eso no significa que las personas avaladas por el Polo dejen de militar en Soy Porque Somos, lo que transgrediría la doble militancia”, dice la demandante Ximena Echavarría.

Según el proceso, se alega que se emite esta resolución en el marco del Acuerdo de Paz que pone fin al conflicto con las Farc porque el acuerdo tiene un precedente de eliminar las barreras para acceder a la política, pero argumenta la demanda que la Corte Constitucional dice que esa eliminación de barreras no es por parte de las autoridades administrativas, sino que debe darse a través de una reforma política, en el Congreso de la República.

Por lo que se pide la nulidad del acto administrativo y se elimine del registro único de partidos políticos al partido de Francia Márquez.

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