Tome nota: estos son los tipos de pensiones y los requisitos para acceder a ellas
La Ley 100 estipula que hay tres tipos de pensiones en el país. Conozca cuáles son y los requisitos para acceder a ellas.
Millones de colombianos que han aportado durante años para su pensión obligatoria a través de los diferentes fondos privados o Colpensiones, siguen teniendo dudas de cómo acceder a este merecido pago, pues muchos no conocen los requisitos ni los tipos que existen.
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La Ley 100, que creó el Sistema de Seguridad Social Integral e implementó el Sistema General de Pensiones, estipula que hay cuatro tipos de pensiones que los colombianos tienen que reconocer.
“El Sistema General de Pensiones tiene por objeto garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, la invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la presente ley, así como propender por la ampliación progresiva de cobertura a los segmentos de población no cubiertos con un sistema de pensiones”, señala la ley.
De esta manera, conozca y diferencie los tres tipos de pensiones que existen en Colombia:
Pensión por vejez
Este busca que las personas tengan un alivio al momento de retirarse de la vida laboral activa. Para esta se necesitan tener en cuenta tres factores:
- Edad: hombres 62 y mujeres 57.
- Semanas cotizadas: 1300 semanas.
- Capital: las personas que cuentan con buenos ahorros pueden solicitar una proyección de la mesada pensional y pensionarse de manera anticipada.
Pensión por invalidez
Es el tipo de pensión que se puede solicitar cuando se pierde el 50% o más de la capacidad laboral, además debe cumplir con estos requisitos:
- Tener mínimo 50 semanas cotizadas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha de que se le decretó por parte de la ARL o EPS.
- Si es menor de 20 años, requiere haber cotizado 26 semanas en el último año.
- Si es mayor de 21 años, debe haber cotizado 50 semanas durante los últimos tres años antes del accidente.
Pensión se sobrevivencia
Es a la que acceden los beneficiarios (hijos o conyugue) cuando el trabajador muere, pero también usted puede obtenerla si uno de sus familiares fallece.
- El requisito para esta pensión es tener 50 semanas cotizadas dentro de los últimos tres años anteriores antes del fallecimiento.