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¿Qué grupos de Sisbén pueden aplicar a ‘Mi Casa Ya’? Consulte

Conozca el Sisbén y otros requisitos con los que debe cumplir para acceder al subsidio de ‘Mi Casa Ya’ y hacerse con una vivienda propia.

Imagen de referencia vía Getty Images.

Con ‘Mi Casa Ya’ se puede obtener un subsidio que facilita la compra de vivienda de interés social nueva rural o urbana en Colombia. Es decir que este programa otorgará un subsidio de la cuota inicial y cobertura a la tasa de interés.

Cabe resaltar que la cuota inicial es equivalente a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), para hogares clasificados entre los subgrupos A1 y C8 de Sisbén IV, que equivale a $39 millones, y a los hogares entre C9 y D20 se les otorga un subsidio equivalente a 20 SMMLV, es decir, $26 millones.

El Ministerio de Vivienda anunció que la meta de asignación del programa Mi Casa Ya para este 2024 es de 50.000 subsidios anuales, los cuales tienen asegurada la cobertura a la tasa de interés.

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En cuanto a viviendas de interés prioritario (VIP) se otorga una cobertura equivalente a cinco (5) puntos porcentuales y para viviendas de interés social (VIS) una cobertura equivalente a cuatro (4) puntos porcentuales, los cuales se aplican sobre el crédito o el contrato de leasing habitacional, hasta por 7 años.

Sin embargo, para acceder a ese beneficio, el hogar debe contar con ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes y cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos por la cartera de Vivienda en el programa de Mi Casa Ya. Entre esos, el más importante es la categorización en los grupos A1 y D20 del Sisbén IV.

¿Cómo aplicar al programa?

  • Seleccionar la vivienda tipo VIS o VIP de su preferencia.
  • Acudir al establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria de preferencia del hogar, para iniciar el proceso de compra de vivienda.
  • Estas entidades hacen una primera validación de requisitos a través de la plataforma que opera el programa, en la que se determina si se cumple con el requisito de Sisbén IV (hasta D20), no ser propietario de vivienda y no haber recibido subsidio de vivienda o cobertura anteriormente.
  • En caso de cumplir con estos requisitos, se gestiona el crédito hipotecario o leasing habitacional con el establecimiento de crédito o entidad de economía solidaria.
  • Estas entidades realizan el cargue de la documentación requerida en la plataforma del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio: minvivienda.gov.co

¿Cómo consultar beneficiarios?