¿Qué le pagan en la liquidación si renuncia? Esto recibiría si trabajó 1 año con el mínimo
La liquidación solo se hace efectiva si el trabajador tenía un contrato a término indefinido o definido.
Cuando el empleado decide dar por terminado un contrato a término definido o indefinido, la empresa estará en la obligación de pagarle la liquidación, un monto que corresponde a las prestaciones sociales, así como a los salarios a los que dé lugar; sin embargo, quien se encuentre bajo una modalidad de prestación de servicios no tendrá derecho a recibir dicha cancelación, de acuerdo con lo mencionado por el Ministerio de Justicia.
Además de la renuncia, la liquidación también procede bajo estos aspectos:
- Por muerte del trabajador.
- Por clausura definitiva de la empresa o establecimiento de trabajo.
- Cuando el empleador suspenda sus actividades por más de 120 días.
- Por mutuo acuerdo entre las partes.
- Al momento en que finalice la obra o labor por la que fue contratado, entre otros.
Vale la pena mencionar que quien renuncie, no tendrá derecho a una indemnización por la empresa, pues no ocurrió un despido sin justa causa.
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¿Qué le pagan en la liquidación si renuncia?
De acuerdo con lo indicado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, la liquidación laboral consta del pago de salarios, así como de la seguridad social o prestaciones en las que se incluyen cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicio y vacaciones durante el tiempo trabajado.
Ahora bien, en caso de que la empresa no se la pague, deberá notificar a quién era su supervisor o jefe de área para que realice la gestión pertinente y, si no se llega a un acuerdo, tendrá que ir directamente con el Inspector del Trabajo o a una oficina del Ministerio del Trabajo para que le brinden la adecuada asesoría, según lo mencionado por el Ministerio de Justicia; sin embargo, es importante que se acerque con una copia de su contrato laboral.
¿Cómo se calcula el pago de la liquidación?
Para saber cuánto dinero le llegará por la liquidación, primero deberá saber su ‘salario base de liquidación’ (SBL), es decir, todos los “factores que integraban su sueldo”, señala el Ministerio. En ese orden de ideas, necesitará hacer un promedio del salario básico, las horas extras, nocturnas, comisiones, bonificaciones, entre otros; además, agregar a la lista el auxilio de transporte, pues recuerde que este no va dentro de lo básico.
Con el valor arrojado por la sumatoria tendrá que anexarle sus cesantías, intereses sobre las cesantías, prima de servicios y vacaciones y, del total, sabrá cuánto es el monto a liquidar.
Otra forma más sencilla de hacer el proceso es mediante la calculadora habilitada por el Ministerio del Trabajo, donde tan solo necesitará agregar el salario que devenga, pero ¿cómo usarla? Le explicamos.
- Ingrese al siguiente enlace: https://www.mintrabajo.gov.co/atencion-al-ciudadano/tramites-y-servicios/mi-calculadora
- Señale la fecha de inicio y finalización del periodo a liquidar.
- Indique su salario básico mensual.
- Marque si cuenta o no con auxilio de transporte.
- Seleccione su categoría de riesgos profesionales, esto dependerá de la labor que realice.
- Oprima en ‘Liquidación para empleado’ y la plataforma le arrojará el resultado.
¿Cuánto deben pagarle de liquidación si gana el mínimo?
En caso de que renuncie y haya laborado durante un periodo de un año en una misma empresa, le pagarán $3.749.440 COP como liquidación, que comprende:
- Cesantías: $1.462.000 COP.
- Intereses sobre las cesantías: $175.440 COP.
- Prima de primer semestre: $731.000 COP.
- Prima de segundo semestre: $731.000 COP.
- Vacaciones: $650.000 COP.