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Corte Suprema negó tutela de Laura Ojeda que pedía retirar a fiscal del caso Nicolás Petro

El alto tribunal determinó que no se vencieron los términos para presentar principio de oportunidad de Dayssuris Vázquez.

Laura Ojeda actual pareja de Nicolás Petro. Foto: @lauraojedae

Laura Ojeda actual pareja de Nicolás Petro. Foto: @lauraojedae

Ante la tutela interpuesta por Laura Ojeda, pareja de Nicolás Petro, en la que solicitaba retirar al fiscal Mario Burgos del caso contra Dayssuris Vázquez, la Corte Suprema de Justicia negó la acción judicial, resolviendo “declarar improcedente el amparo de tutela invocado por accionante Laura Ojeda Estupiñán a través de apoderado”.

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Además, declaró que el caso llegaría a la Corte Constitucional para evaluar la decisión del fallo, en caso de “no ser impugnado”.

La defensa pedía retirar al fiscal Burgos, por presuntas irregularidades al momento de la captura y por el proceso, apelando a una presunta vulneración de derechos fundamentales, por el caso que se adelanta en contra de Nicolás Petro por enriquecimiento ilícito y lavado de activos durante la campaña del presidente.

No puede acudirse a este excepcional medio de protección para reemplazar los procedimientos ordinarios en los que hay amplias medidas que protegen los derechos de las víctimas, pues la acción de amparo se concibió para suplir la ausencia de estos y no para resquebrajar los existentes”, se lee en el documento de 19 páginas.

La Corte Suprema argumentó que no se vencieron los términos para presentar el principio de oportunidad de Day Vasquez, cuando Laura Ojeda, víctima del delito de violación de datos personales, había denunciado en su momento que los términos para esa diligencia se habían vencido, por lo que acudió a esa recusación.

“El primero de diciembre de 2023, mi prohijada, Laura Ojeda Estupiñán, en su calidad de víctima del punible de violación de datos personales, cometido por la señora Daysuris del Carmen Vásquez, elevó una petición de forma directa a la Fiscalía solicitando el cambio del delegado del ente acusador, Burgos, por haber dejado vencer el término previsto en el artículo 294 del Código de Procedimiento Penal, en la actuación contra la señora Vásquez”, se argumenta en la tutela.

La acción judicial solicitaba dejar “sin efecto la Resolución n.°0061 del 7 de febrero de 2024, proferida por la delegada para la seguridad territorial, Luisa Fernanda Obando, que declaró infundada la recusación”.

Frente al fallo, Ojeda se pronunció mediante su cuenta en X lamentando el fallo, pero resaltando que, “aunque el fiscal Mario Burgos no nos ha brindado garantías, ni confío en su imparcialidad, celebro que, con independencia de sentido del fallo, en virtud de la tutela que formulé, este fiscal tuvo que acusar a Dayssuris Vázquez por violación de datos personales y citarla a imputación por la violación de datos de Gensis. Continuaré ejerciendo mis derechos”.

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