Qué es una infracción tipo ‘F’: Esta es la multa y casos en los que aplica
¡Ojo! Esta es la multa más costosa que tiene el Código Nacional de Tránsito, le contamos cuál es para que no la cometa.
Dentro del Código Nacional de Tránsito Terrestre se establecen las diferentes normas que regulan la circulación de los diversos actores viales; por ejemplo, peatones, conductores, pasajeros, ciclistas, entre otros; asimismo, se indica la forma en cómo deben actuar las autoridades de tránsito y los procedimientos que pueden realizar.
Sin embargo, esto no es todo, pues en el extenso código los ciudadanos tienen la oportunidad de conocer de primera mano las infracciones que son sancionadas mediante la imposición de multas, es decir, una medida económica entendida en salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). En ese sentido, dichas sanciones pecuniarias se dividen en varias categorías de la ‘A’ hasta la ‘F’, cada una de ellas manejando montos desde la menos a la más costosa.
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¿Qué es una infracción tipo ‘F’?
El artículo 131 del Código señala que la multa tipo ‘F’ se produce cuando el conductor maneja “bajo el influjo del alcohol o bajo los efectos de sustancias psicoactivas”; sin embargo, para quienes trabajan con transporte de servicio público, escolar o como instructores de conducción, “la multa y el período de suspensión de la licencia se duplicarán”; además, en todos los casos que involucre el estado de embriaguez, el vehículo será inmovilizado y llevado a los ‘patios’.
Para determinar si el conductor se encuentra bajo los efectos del alcohol o de las drogas, las autoridades de tránsito podrán solicitar “la práctica del examen de embriaguez” y contratar a clínicas u hospitales para que contribuyan a determinar el estado en el que se encuentra. Ahora bien, quien por su condición llegue a ocasionar lesiones u homicidios en accidentes de tránsito, se le suspenderá la licencia de conducción por 5 años.
¿De cuánto es la multa por conducir bajo el estado de embriaguez?
Según lo mencionado en el capítulo VIII, la cuantía de la multa dependerá del grado de alcoholemia y la cantidad de reincidencias que se ha tenido en el caso:
- Grado cero de alcoholemia: La multa irá de los 90 a los 180 salarios mínimos diarios, según la reincidencia; por lo tanto, podría pagar hasta $7′800.000 COP.
- Primer grado de embriaguez: el valor de la sanción iniciará de los 180 hasta los 360 salarios mínimos diarios, es decir, de $7′800.000 a $15′600.000 COP.
- Segundo grado de alicoramiento: la multa para este caso corresponderá de 360 a 720 salarios mínimos diarios legales. En ese sentido, el infractor podría cancelar cuantías hasta $31′200.000 COP.
- Tercer grado de embriaguez: en este rango el conductor tendrá que pagar multas desde los 720 a los 1440 salarios mínimos diarios; en ese orden, sería un máximo de $62′400.000 COP.
Es importante aclarar que, además de la multa económica, al infractor se le suspenderá o cancelará por completo la licencia de conducción, se le inmovilizará el vehículo desde 1 a 20 días hábiles y deberá realizar diversas acciones comunitarias “para la prevención de la conducción bajo el influjo del alcohol o sustancias psicoactivas”, estas serán contadas en un equivalente hasta de 90 horas o casi 4 días.