Estas son las únicas personas con derecho a vacaciones cada 6 meses
Estas personas amparadas por el Código Sustantivo del Trabajo tienen la posibilidad de tomar vacaciones cada 6 meses por periodos máximos de 15 días. Le contamos de quiénes se trata.
Después de completar un año laboral bajo un contrato con todas las prestaciones de ley, los colombianos se disponen a pedir sus vacaciones remuneradas, un periodo en el que se les reconocen los servicios prestados y, por ende, “tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos”, explica el Código Sustantivo del Trabajo (CST).
En ese sentido, muchos ciudadanos aprovechan este periodo para conocer nuevos países, viajar por el territorio nacional en carro o avión o, simplemente para descansar de la rutina diaria en compañía de sus familiares, amigos o pareja; sin embargo, para determinar los días de vacaciones, el CST es claro al afirmar que esta época “debe ser señalada por el empleador a más tardar dentro del año subsiguiente y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso”.
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Además, cada jefe inmediato debe llevar un registro en el que se anote la fecha de ingreso del trabajador, así como el día en el que iniciará y finalizará las vacaciones con el fin de tener un control claro.
¿Es posible acumular periodos de vacaciones?
La respuesta es sí, la Ley permite que un empleado acumule periodos de vacaciones hasta por dos años con previo acuerdo con el empleador; sin embargo, es de resaltar que en caso de que el trabajador no desee tomar el tiempo completo de 15 días, tendrá la posibilidad de, por lo menos, acceder “a seis (6) días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables”.
Ahora bien, para quienes sean trabajadores técnicos, especializados, de confianza o extranjeros que presten sus servicios en empresas lejanas al lugar de residencia de sus familiares, la norma establece que la acumulación podrá hacerse hasta por cuatro años.
¿De cuánto es la remuneración de vacaciones en 2024?
Según lo informado por el Código Sustantivo del Trabajo en el artículo 192, la remuneración que debe recibir cada trabajador que salga a vacaciones es un “salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas”, es decir, si gana $1′300.000 COP equivalente a un salario mínimo, sin auxilio de transporte, eso es lo que recibirá en el periodo de descanso.
Pero, si el sueldo es variable, “las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan”, explica. Por lo tanto, si desea, aquí le explicamos cómo calcularlas.
¿Quiénes tienen derecho a vacaciones cada seis meses?
Mediante el artículo 186 del Código en el que se establece la duración de las vacaciones, señala que los profesionales y ayudantes quienes trabajen en entidades privadas dedicadas al diagnóstico y lucha contra la tuberculosis o aquellos que ocupen cargos en la toma de rayos X, “tienen derecho a gozar de quince (15) días de vacaciones remuneradas por cada seis (6) meses de servicios prestados”. Esto con el fin de proteger la salud del empleador, quien constantemente se expone a la radiación o a dicha enfermedad bacteriana.
En caso de que el empleador no reconozca estas vacaciones, podrá acudir al inspector de trabajo o al Ministerio del Trabajo con el fin de que le brinden asesoría personalizada frente a su situación.