Corte rechazó petición del MinMinas de anular fallo sobre deducción de regalías
Se trata de la sentencia C-489 de 2023 que declaró inexequible la prohibición de la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta, por parte de las petroleras.
La Corte Constitucional rechazó la solicitud de nulidad presentada por el Ministerio de Minas y Energía contra la sentencia que tumbó prohibición de deducción de regalías, por parte de las petroleras, del impuesto de renta.
Se trata de la sentencia C-489 de 2023 que declaró inexequible la prohibición de deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de los explotadores de recursos naturales no renovables.
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Para el Ministerio, el fallo violaba el debido proceso por tres razones:
- Desconocimiento del precedente relativo al alcance del control de constitucionalidad; y la facultad de limitar las deducciones en el impuesto de renta.
- Incongruencia entre la parte motiva y resolutiva porque, a juicio del Ministerio, la Corte debió declarar la exequibilidad condicionada de la norma.
- Omisión de decisión de asuntos con relevancia constitucional, pues en opinión del Ministerio la Corte no consideró que la prohibición de deducción de las regalías garantizaba la integridad de las mismas prevista en el artículo 360 de la Constitución Política.
Sin embargo, la Corte Constitucional encontró que los argumentos propuestos por el Ministerio correspondían a controversias resueltas en el mismo fallo.
De modo que la solicitud de nulidad no ofrecía argumentos para demostrar una violación ostensible, probada, significativa y trascendental del debido proceso.
Por el contrario, dice la Corte que esta solicitud se enfocaba en controvertir la decisión adoptada por la mayoría de la Sala Plena, que está protegida por la inmutabilidad de la cosa juzgada.