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Cuánto aumenta el arriendo en 2024 si paga 1, 2 o 3 millones de pesos: Así se calcula

Tenga en cuenta que este aumento, únicamente, podrá ser aplicado cuando llegue el momento de renovar el contrato de arrendamiento, tras 12 meses de vigencia

Incremento del canon de arriendo, imagen de referencia. Fotos: Getty Images.

Según el más reciente informe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al 2023 se ubicó en 9,28 %, cifra inferior a la que se había registrado en la medición anual de 2022 cuando para el mismo periodo alcanzó un 13,12 %.

Según la Ley 820 de 2003 y teniendo en cuenta el IPC fijado para el cierre de 2023, los arriendos de vivienda urbana se podrán incrementar hasta un 9,28 %.

De acuerdo con la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) este incremento no solo afectaría a las familias que viven en arriendo, sino a los propietarios de las viviendas que en un 85 % pertenecen a los estratos 1, 2 y 3 y, a falta de una pensión, devengan sus ingresos de dichos alquileres.

Así aumentará el arriendo en el 2024, de acuerdo con el IPC

El aumento del canon de arrendamiento en Colombia está regulado por la Ley 820 de 2003. En este acuerdo legal se establece que el aumento anual en el cánon de arrendamiento no podrá ser superior al 100% de la cifra del IPC anual, el cual, como se menciona con anterioridad, se ubicó en el 9,28%.

De esta manera, para obtener el aumento en el cánon de arrendamiento correspondiente al 2024, deberá aplicar este porcentaje al monto que actualmente paga: por ejemplo, si el arriendo mensual tiene un costo de $1′000.000, el 9.28% de dicho valor corresponde a $92.800, por lo tanto, el nuevo precio quedaría en $1′092.800.

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Tenga en cuenta que este aumento, únicamente, podrá ser aplicado cuando llegue el momento de renovar el contrato de arrendamiento, tras 12 meses de vigencia, así las cosas, si comenzó el 23 de octubre del 2023; el aumento solo será válido al renovar la relación contractual, el 23 de octubre del 2024.

Vale la pena recordar que el valor total del arriendo, según lo determina la ley, no puede ser mayor al 1% del valor comercial de la propiedad, mientras que, a su vez, dicha estimación comercial no podrá exceder el equivalente a dos veces el avalúo catastral vigente, explica Ámbito Jurídico.

Es importante destacar que este incremento solo puede realizarse una vez haya transcurrido un año de ejecución del contrato. Además, el arrendador debe informar al arrendatario sobre el incremento con un mínimo de treinta días de anticipación a la fecha de reajuste.

En caso de que el arrendador no informe al arrendatario sobre el incremento, el canon de arrendamiento se mantendrá igual hasta que el arrendador notifique al arrendatario sobre el aumento. Sin embargo, el arrendador no puede cobrar retroactivamente el aumento del canon de arrendamiento por los meses que no informó al arrendatario.

¿Cómo calcular el aumento del arriendo en 2024?

Así las cosas, la cifra clave en la fórmula para calcular el aumento del arriendo en 2024 es el número decimal 0,0928.

Este número, correspondiente al aumento del IPC, se debe multiplicar por el valor del cánon de arrendamiento del periodo anterior para obtener el valor total que se le debe aplicar al pago en relación con el aumento legal.

De esta manera, realizando la operación en el caso de arriendos por 1,2 o 3 millones de pesos, se obtienen los siguientes resultados:

  • Si el valor del arriendo es de $1′000.000: 1′000.000 x 0,0928 = 92.800. El aumento es de $92.800 y el cánon total quedaría en $1′092.800.
  • Si el valor del arriendo es de $2′000.000: 2′000.000 x 0,0928 = 185.600. El aumento es de $185.600 y el cánon total quedaría en $2′185.600.
  • Si el valor del arriendo es de $3′000.000: 3′000.000 x 0,0928 = 278.400. El aumento es de $278.400 y el cánon total quedaría en $3′278.400.

Condiciones para el aumento del cánon de arrendamiento

Tenga en cuenta las siguientes recomendaciones, relacionadas con el aumento del arriendo, recopiladas por Fedelonjas, para arrendadores y arrendatarios:

  • El incremento es aplicable solamente al momento de la renovación del contrato de arrendamiento y siempre con previa comunicación por escrito por parte del arrendador.
  • La notificación del aumento del valor del canon debe hacerse por escrito y a través de correo certificado y debe incluir la fecha en que se empezará a aplicar.
  • Si el arrendador (de vivienda urbana) incrementa el canon por encima de lo establecido en la Ley, el arrendatario puede exigir la terminación del contrato sin estar sujeto al cobro de sanciones económicas.
  • Elija siempre un profesional inmobiliario de reconocida trayectoria que elabore contratos con todas las condiciones legales, resguarde los derechos de las partes y le ayude a elegir el bien más rentable.
  • No haga contratos verbales, siempre deben hacerse contratos por escrito para evitar confusiones o abusos en el futuro.