Corte Constitucional da luz verde al periodo de 4 años para ser comisionado de la CREG
En consecuencia, la Sala Plena concluyó que la noción de agente del presidente no es predicable del cargo de comisionado experto de la CREG.
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad del artículo de la norma que establece la organización de la Comisión de Regulación de Energía, Gas y Combustibles, CREG como una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Minas y Energía, sobre el periodo de cuatro años de un funcionario para ser comisionado de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Le podría interesar:
La decisión se tomó luego de estudiar una demanda de constitucionalidad que planteó que los comisionados expertos, por ser agentes del presidente de la República, pueden ser removidos de sus cargos, sin que se les aplique un periodo de cuatro años.
Sin embargo, el alto tribunal determinó que el Congreso confió a las comisiones de regulación, como la CREG, la responsabilidad de hacer cumplir el régimen legal de los servicios públicos domiciliarios, correspondiéndole determinar su grado de independencia y su esquema de organización.
En consecuencia, la Sala Plena concluyó que la noción de agente del presidente no es predicable del cargo de comisionado experto de la CREG.
El magistrado Juan Carlos Cortés González es el ponente de la decisión. El magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo, por su parte, se reservó la posibilidad de aclarar su voto.