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¿Cuánto es el máximo de horas extras que se puede trabajar al mes? Expertos lo aclaran

En la actualidad, la hora extra diurna cuesta $6.042 y la nocturna $9.478 que deben ser pagadas por el empleador cuando corresponda.

Trabajador empacando cajas de cartón en un almacén de distribución. En el círculo, la imagen de un reloj haciendo alusión a las horas extras (Fotos vía GettyImages)

Trabajador empacando cajas de cartón en un almacén de distribución. En el círculo, la imagen de un reloj haciendo alusión a las horas extras (Fotos vía GettyImages)

Cuando se consigue un empleo con todo lo de ley, los nacionales y extranjeros que residen en el país buscan la manera de aumentar sus ingresos por medio de las horas extras, un tipo de trabajo suplementario regulado en el Código Sustantivo del Trabajo (CST) donde se excede el tiempo de la jornada ordinaria, sea diurna o nocturna.

El porcentaje del pago en las horas extras dependerá si se realiza en el día o la noche, pues de acuerdo con el artículo 168 de la norma mencionada, el tiempo suplementario diurno tendrá un recargo del 25 %, mientras que el nocturno se remunera con un recargo del 75 %, ambos valores se calcularán sobre “el trabajo ordinario diurno”, explica el Código; por lo tanto, se tendrá en cuenta el precio de la hora laboral ordinaria, fijada para este año en $5.416 COP. Igualmente, “cada uno de los recargos antedichos se producen de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con algún otro”, agrega.

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Es de aclarar que todos los años este monto y otros más son ajustados debido al incremento del salario mínimo, fijado en $1′300.000 COP por el actual Gobierno, teniendo un aumento del 12 % que se vio reflejado en el sueldo de más de un colombiano desde enero del presente año.

¿Cuánto es el máximo de horas extras que se puede trabajar al mes?

De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo, las personas interesadas en hacer horas extras no podrán exceder las 2 horas diarias, ni las 12 semanales. Adicionalmente, “cuando la jornada de trabajo se amplíe por acuerdos entre empleadores y trabajadores a 10 horas diarias”, no será posible hacer este tipo de jornada extra.

Teniendo lo anterior en cuenta, al mes no se permitirá trabajar un aproximado de más de 48 horas extras que serán pagadas en la nómina del mes o en el periodo siguiente, es decir, mes vencido. Asimismo, estas solo ocurrirán de lunes a sábado, puesto que a la semana se fijó el día domingo como descanso para todos los trabajadores, donde deberán atender sus asuntos personales y no laborales.

¿Qué puede hacer si no le reconocen el pago de las horas extras?

Si nota que en su comprobante de nómina no le están pagando las horas extras, lo primero que debe hacer es “llegar a un acuerdo con su empleador antes de acudir a cualquier autoridad”, señala el Ministerio de Justicia y del Derecho. En caso de que no logre hacer una conciliación, deberá acudir al inspector de trabajo para recibir asesoría o ir directamente a la Defensoría del Pueblo, Personería Municipal, consultorios jurídicos, entre otros.

De igual manera, en caso de que no encuentre la forma de conciliar, tendrá la oportunidad de acercarse al Ministerio del Trabajo para denunciar el hecho irregular y, en caso de que la entidad lo disponga, podrían llegar a interponer una multa económica a la empresa.

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