Actualidad

Canciller Leyva solo acatará decisión de la Procuraduría cuando Petro nombre su reemplazo

El canciller le aseguró a la Procuraduría que está presto a cumplir con la ley, pero que todo depende de lo que ordene el presidente Petro.

Canciller Álvaro Leyva | Foto: GettyImages

Por medio de su apoderado Yefferson Dueñas, el canciller Álvaro Leyva respondió las inquietudes que tiene la Procuraduría sobre el cumplimento de su decisión en lo que respecta a la suspensión por cuenta del Ministerio Público por posibles irregularidades en la licitación para elaborar las libretas de pasaportes.

Según lo dicho en el documento, el canciller Leyva está sujeto al cumplimiento de esta decisión, ya que el presidente Gustavo Petro tiene la palabra final en la elección de su reemplazo.

Le puede interesar:

“Como puede advertirse, es al señor presidente de la República, en su condición de nominador del Ministerio de Relaciones Exteriores, a quien corresponde dar cumplimiento a la precitada providencia, para lo cual debe tener en cuenta la necesidad de “garantizar el servicio, dirección y funcionamiento de las misiones legales y constitucionales que incumben a la Cancillería”, dice el texto.

De igual forma, indican que, ante no existir una orden del jefe del canciller, es decir el presidente Petro, es necesario que Leyva esté ocupando su cargo para el funcionamiento normal del Ministerio de Relaciones Exteriores, tal y como lo ordena la Procuraduría.

“De seguro comprenderá usted que el cumplimiento de lo dispuesto en la providencia, que por demás es en estos momentos objeto de consulta ante la señora procuradora general de la Nación, hace imprescindible la coordinación de diversas funciones con miras a garantizar eso mismo que la Sala Disciplinaria exigió: la garantía en la continuidad en la prestación del servicio y el cumplimiento de las funciones de la Cancillería”, agregan.

Finalmente, aseguran en la comunicación que Leyva está dispuesto en cumplir la ley.

“En cuanto concierne al disciplinado, como siempre ha sido su norma de conducta, estará presto a cumplir con los mandatos que le imponen la Constitución y la ley. De manera que, precisamente por ello, no puede separarse del ejercicio de sus funciones sin que exista un acto administrativo que así lo protocolice por parte de su nominador, su pena de verse expuesto a investigaciones por abandono del cargo de cargo e incumplimiento de sus deberes funcionales”, concluyen.