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¿Cuáles sanciones hay por no cumplir con la factura electrónica de la DIAN?

Este tipo de facturación se implementó desde la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en el 2015.

Edificio de la 'Oficina de impuestos y aduanas' de la DIAN en Bogotá, Colombia, el 1 de mayo de 2023. Foto: Sebastian Barros/NurPhoto a través de Getty Images.

Edificio de la 'Oficina de impuestos y aduanas' de la DIAN en Bogotá, Colombia, el 1 de mayo de 2023. Foto: Sebastian Barros/NurPhoto a través de Getty Images. / Sebastian Barros

Según explica la DIAN en su página web, la facturación electrónica “es la evolución de la factura tradicional de papel, para efectos legales tiene la misma validez que el papel, sin embargo, se genera, valida, expide, recibe, y conserva electrónicamente, lo que representa mayores ventajas. Tributariamente, es un soporte de transacciones de venta de bienes o servicios”.

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Así mismo, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y el artículo 6 de la Resolución 0042 explican que toda persona responsable de facturar, deberá hacerlo de manera electrónica:

  • Personas Jurídicas.
  • Los responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA).
  • Los responsables el Impuesto Nacional al Consumo (INC).
  • Personas Naturales que superen los ingresos brutos de 3500 Unidades de Valor Tributario (UVT), o estén dentro de los requisitos del artículo 437 del Estatuto Tributario.
  • Los contribuyentes inscritos en el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE).
  • Comerciantes, importadores, tipógrafos y litógrafos (Decreto 358 de 2020 Artículo 1.6.1.4.2)

Nos obstante, algunas compañías o personas naturales no están obligados a dar un documento de facturación:

  • Los bancos, las corporaciones financieras y las compañías de financiamiento.
  • Empresas servicio de transporte público urbano o metropolitano de pasajeros.
  • Personas naturales no responsables de IVA o Impuesto al consumo.
  • Cooperativas de ahorro y crédito.
  • Asalariados y pensionados.
  • Prestadores de servicios desde el exterior.
  • Personas naturales que únicamente vendan bienes excluidos o presten servicios no gravados con el IVA, con ingresos inferiores a 3.500 UVT.

Algunos beneficios de la factura electrónica

Al no ser de la forma tradicional, se agilizan los trámites con la Dian. Asimismo, hay ahorro en el costo del papel para la facturación antigua.

Sin embargo, así como hay beneficios, también existen sanciones para quien no envíen la factura electrónica.

¿Cuáles son las sanciones?

Según explica la DIAN en su página web, “el incumplimiento en la expedición de la Factura Electrónica por parte de los establecimientos obligados, da lugar a sanciones económicas calculadas sobre el 5% de los ingresos operacionales o cierre del establecimiento comercial”.

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