Regionales de la Defensoría sin insumos y en Bogotá estrenan gimnasio de 1.000 millones
Sigue La W conversó con William Morales Naranjo, representante legal de Evalua Salud IPS y Oscar Valencia, secretario general de la Defensoría del Pueblo
En medio de la polémica que se desató por la compra de equipos y máquinas para dotar el gimnasio de la Defensoría del Pueblo por cerca de 1.000 millones de pesos, salió a dar explicaciones el secretario general de la entidad, Oscar Valencia.
El funcionario señaló que no hay nada de irregular en el contrato, que se hizo ajustado a estudios que sustentan la adquisición de los equipos tal y como lo han hecho otras entidades, según las cuales han gastado hasta 7.000 millones para el mismo objetivo.
Frente al privilegio que tendrán solo los funcionarios del nivel central indicó que se van a celebrar convenios en las 42 sedes que están fuera de Bogotá porque allí en dichas zonas no se justifica un gimnasio.
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En cuanto al hecho de contar con el servicio de la ARL para dotar el gimnasio de máquinas y personal instructor tal y como se hace en otras sedes, el secretario general señaló que sí se contempló la posibilidad, pero que en el caso concreto no era posible porque se trata de 1.000 millones que estaban destinados para la compra y había que ejecutarlos de tal forma.
Añadió que se trata de un gasto no recurrente, es decir que “cuando nos dan un gasto para ejecutar de manera no recurrente la adquisición es la única forma que se satisface esa necesidad y cumplíamos con las unificaciones que nos dio Hacienda sobre el particular”.
Sin embargo y pese a las explicaciones, Sigue La W conoció la versión de funcionarios de la Defensoría quienes advirtieron que hay algunas necesidades que no son atendidas como vehículos, insumos para oficina, computadores, impresoras, entre otros elementos.
Por ejemplo, en la Defensoría Regional Chocó solo se tiene una lancha y un vehículo para recorrer todo el departamento. Con una sola lancha se hace difícil recorrer el río Atrato y en ninguna de las cinco subregiones cuenta con vehículo.
El estudio previo con el que se dio luz verde a la compra de máquinas y equipos para dotar el gimnasio de la Defensoría también analizó la salud mental de los trabajadores.
“De igual manera, al analizar la sintomatología presentada a nivel de esfera mental, se identificó que la más recurrente está relacionada con dificultades en los patrones del sueño, debido a que el 33% de la población analizada, equivalente a 417 funcionarios de la entidad, refirió presentar dificultades para dormir. En segundo lugar, se ubicó la sintomatología asociada a sentimientos de angustia, preocupación o tristeza, presentada por el 24% de la población, equivalente a 298 personas”.
El tema de dolores no fue ajeno pues de las “811 personas que reportaron dolor, se evidenció que el 16% (468 personas) presentan sintomatología en cabeza -cuello, 15% (438 personas) en espalda baja, 13% (386 personas) en espalda alta, 10% (295 personas) en espalda media, (291 personas) en hombros, (283 personas) en rodillas, 8% (220 personas) en cadera-muslos, 7% (192 personas) en manos-muñecas-dedos, 6% (175 personas) en pies-tobillos y 5% (128 personas) en codos; cabe resaltar que la suma de los reportes por segmento corporal puede ser mayor a los reportes totales de dolor, debido a que una persona puede manifestar dolor en más de un segmento corporal”.
En otro segmento del estudio se hace referencia del lugar destinado para dotarlo como gimnasio. Sin embargo, no se advierte allí que existía en los planos iniciales o que finalidad tenía al momento de ser construido.
“Así entonces, la Subdirección Administrativa, para coadyuvar con la adopción de estrategias y programas que permitan superar la necesidad referida, identificó que, la nueva sede de la Defensoría del Pueblo cuenta, dentro de sus instalaciones, con un espacio físico de 212 mts2, según los planos de la Entidad; lugar que cumple con la características necesarias e idoneidad ubicar e instalar un espacio de esparcimiento que contribuya al bienestar de todos los funcionarios y colaboradores de la Defensoría, con el fin de desarrollar el Programa de Estilos de Vida y Entorno Saludable y del Programa de Medicina Preventiva y del Trabajo; dando así respuesta a las recomendaciones emitidas por parte de las I.P.S. contratadas para la valoración médica de los funcionarios”.
Con todo esto, la propia Defensoría siempre insistió en la adquisición o compra de equipos.
“Teniendo en cuenta lo anteriormente señalado, sumado al hecho que la entidad no cuenta con la dotación suficiente de máquinas, equipos y elementos para la actividad y ejercicio físico de los funcionarios y demás colaboradores, resulta necesaria la adquisición de equipos y elementos deportivos para la dotación del gimnasio de la Defensoría del Pueblo con el propósito de propender por el óptimo aprovechamiento de los espacios de bienestar, en las instalaciones físicas de la Entidad, especialmente lo que refiere a la instalación y cabal aprovechamiento del gimnasio y contribuir al fortalecimiento y mejoramiento de la salud física v emocional de todos los funcionarios y colaboradores de la Defensoría, con el fin de desarrollar del Programa de Estilos de Vida y Entorno Saludable y del Programa de Medicina Preventiva y del Trabajo”.
Para elegir al afortunado contratista, se explicó cómo sería el modelo de contratación, “respecto del procedimiento de selección que debe utilizarse en el presente proceso”.
Se establecen cinco modalidades de selección para contratar con el Estado:
Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos, Contratación Directa y Mínima Cuantía.
Desarrolla el principio de selección objetiva, señalando los criterios bajo los cuales se debe dar la escogencia del contratista.
La modalidad de selección - Selección Abreviada por subasta inversa - fue adoptada teniendo en cuenta lo previsto en el numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, y el Decreto 1082 de 2015, toda vez que el objeto del contrato cuya celebración es adquirir bienes de características técnicas uniformes y que el presupuesto oficial estimado es inferior a la mayor cuantía de la entidad esto es, de acuerdo con las cuantías indicadas en el literal b del numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007″.
¿Cómo se brinda el servicio de gimnasio en otras entidades del país?
En la Procuraduría, la ARL es la que presta el servicio dentro de la retribución que le da por lo que se paga, en consecuencia, no sale plata de la entidad y los instructores también los paga la ARL.
Los equipos hacen parte del paquete de servicios de la ARL, es decir la Procuraduría no tiene equipos ni elementos de gimnasio de su propiedad. Es decir, y explica la fuente de la Procuraduría, que se trata de una especie de retribución o beneficio que le hace la ARL a la entidad dentro del convenio suscrito.
Conozca todos los detalles a continuación: