Corte advierte incumplimiento del Gobierno por ECI de población desplazada
Tras 20 años de la Sentencia T-025 de 2004 que declaró el Estado de Cosas Inconstitucional en la población desplazada víctima del conflicto armado, la Corte señala que el gobierno aún no cumple con varios puntos.
La Corte Constitucional advierte que, luego de 20 años de declarar el Estado de Cosas Inconstitucional (Sentencia T-025 de 2004) para la población desplazada en el país, víctimas del conflicto armado, el gobierno no les ha cumplido con varios derechos como: ingresos y trabajo, reparación, verdad y justicia, retorno o reubicación.
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Dentro de las áreas que sí han sido superadas se evidencia: el registro y sistemas de información, parcialmente la salud, restitución de tierras y en un nivel medio educación y vivienda urbana.
Recordemos que en el año 2003 la Corte Constitucional estudió varios casos de tutela en los que más de mil familias solicitaban la protección de sus derechos como población víctima de desplazamiento forzado interno.
Estas tutelas tenían en común la falta de atención y respuesta por parte de las diferentes autoridades y que l abandono estatal les vulneraba sus derechos a ser reconocidos como desplazados en el registro del Estado.
La Corte señaló que las personas desplazadas, como consecuencia de su desarraigo, se encontraban en una situación de vulnerabilidad extrema:
“Sumado a lo anterior, el abandono estatal les vulneraba sus derechos a ser reconocidos como desplazados en el registro del Estado, a una vida digna, a la integridad personal, a la circulación y el derecho a elegir lugar de residencia, a la igualdad, de petición, al trabajo, a la salud, a la seguridad social, a la educación, al mínimo vital, a la vivienda, a la tierra y a la protección especial debida a personas de especial protección constitucional”, dice el alto tribunal.
Por eso, a través de esta sentencia, la Corte impartió una serie de órdenes con el objetivo de que las autoridades nacionales y territoriales tomaran acciones para resolver esta grave situación.
Dada la magnitud y complejidad de las órdenes impartidas, la Corte previó un proceso de seguimiento que conllevó la creación, en el año 2009, de una Sala Especial de Seguimiento al interior del Tribunal para cumplir esta función. Esta sala, de hecho, fue la primera de este tipo en la historia de la Corte:
“A través de ella estableció un nuevo y poderoso canal de diálogo entre las víctimas, la sociedad civil, los organismos de control y el Gobierno que ha permitido seguir de cerca las acciones que el Estado ha adoptado para superar el ECI y proponer soluciones alternativas. También, rescató las voces de las personas desplazadas para ponerlas en el centro de las discusiones sobre las políticas dirigidas a atenderlas”, señala el alto tribunal.