Absuelven a Nación por secuestro de excongresista Consuelo González, por parte de las Farc
El Consejo de Estado avsolvió a la Nación por el daño originado en el secuestro de la excongresista Consuelo González de Perdomo.
El Consejo de Estado avsolvió a la Nación por el daño originado en el secuestro de la excongresista Consuelo González de Perdomo, realizazo por las Farc. Para el alto tribunal:
“No puede considerarse que existe una omisión de protección cuando la persona (que) lo alega conoce el riesgo propio de su cargo y la forma en que debe obrar para mitigarlo, no obstante, lo cual, no cumple con las medidas para hacerlo” señaló en su fallo el Consejo de Estado.
La demanda presentada por González de Perdomo alega que, el 10 de julio del 2001 la exparlamentaria le solicitó a la Policía Nacional que se le asignara un esquema de protección, previo estudio de seguridad. Sin que el requerimiento fuera contestado y tras el secuestro del congresista Orlando Beltrán y las amenazas a otros políticos del Huila, la demandante fue secuestrada por la columna Teófilo Forero de las Farc. El hecho se produjo el 10 de septiembre del 2001, mientras la legisladora se trasladaba desde Pitalito a Neiva, Huila, lo que le valió permanecer bajo el poder del grupo guerrillero hasta el 10 de enero del 2008.
Lea también:
Por lo que la exparlamentaria interpuso una demanda de reparación directa contra la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional, sin embargo cuando el proceso llegó a la corporación, el Consejo de Estado estableció que no se probó que la Nación hubiera omitido el deber jurídico de protección, porque fueron omisiones de la propia víctima las que influyeron en la materialización del riesgo, en este caso el secuestro.
La corporación dijo que en estos casos no puede considerarse que el hecho de que se trate de una persona expuesta a riesgos propios del cargo que desempeña: “le permita desatender las medidas que se le ordenan, o que pueda considerar que mientras resuelven su petición el riesgo está en cabeza del Estado, como si fuera un garante universal de los daños que pueden generarse, incluso, por la conducta imprudente de las víctimas”, dice el fallo
La ponencia es del magistrado Martín Bermúdez Muñoz, por su parte el togado Freddy Ibarra Martínez salvó el voto.