¿Por qué se le concedió prisión domiciliaria al exsenador Musa Besaile en Córdoba?
La W conoció las consideraciones que tuvo el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Córdoba para conceder el beneficio.
Montería
Después de ocho días de conocerse la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Córdoba, en la que se concedió la prisión domiciliaria al condenado exsenador Musa Besaile Fayad, La W obtuvo detalles del caso.
El juzgado referenciado, en un segundo intento de la defensa del excongresista accedió a la solicitud por enfermedad grave, según un informe emitido por el médico especialista Ernesto Cáliz Martínez, quien sostuvo que el señor Besaile Fayad “presenta un estado grave por enfermedad, incompatible con la vida en reclusión formal”.
En ese sentido, el Despacho señaló que “en razón a lo anterior, y con fundamento en las historias clínicas de atención médica que ha recibido el señor Musa Besaile Fayad, así como los conceptos médicos expedidos en relación con su condición de salud y el hecho de que su tratamiento no puede ser brindado por el establecimiento donde se encuentra recluido, se solicita la sustitución de la pena efectiva por la prisión domiciliaria, de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 314 del Código de Procedimiento Penal y demás normas concordantes”.
De acuerdo con lo que se ha establecido, en desarrollo de la condena que cumple el exsenador por vínculos con paramilitares, el mismo habría sufrido varias crisis por temas de salud, la última se presentó el pasado mes de noviembre de 2023.
“Con estos antecedentes, de seguir internado en el sitio de reclusión intramural en el que se encuentra, sin equipos de reanimación, ni médicos especialistas que lo puedan auxiliar, ni ambulancias medicalizadas que puedan trasladarlo de urgencias a la clínica, se corre un riesgo muy alto que amenaza a sus derechos fundamentales a la salud y hasta la vida del señor Besaile”, agregó el Despacho en la decisión conocida el pasado 4 de enero de 2024.
En contexto en La W:
El Juzgado concluye que “conforme con lo expuesto, el latente y probable riesgo cardiovascular en que se encuentra el señor Musa Besaile Fayad requiere atención especializada, permanente y continua, la cual no puede ser prestada en forma adecuada en centro carcelario, hace aconsejable que esta autoridad judicial garante de la vida y la salud del condenado, acceda a la solicitud de sustitución de prisión domiciliaria en el lugar de su residencia”.
Cabe recordar que, esta decisión se adoptó por parte de la juez Débora Acuña. Contra dicha decisión proceden los recursos de reposición y apelación.