Judicial

Fiscalía precluyó caso contra Carlos Mattos por masacre de Codazzi, Cesar

Se terminó el proceso que se adelantaba con Mattos y su hermano, bajo la Ley 600 (antiguo sistema penal).

Carlos Mattos, foto: Colprensa.

La Fiscalía General de la Nación precluyó la investigación contra Carlos José Mattos Barrero y Edward Heriberto Mattos Barrero, por su presunta participación en la masacre de Codazzi (Cesar), ocurrida el 23 de septiembre de 1996, en las que fueron asesinadas 12 personas, la cual fue perpetrada por paramilitares.

En este proceso que se adelantó bajo la Ley 600 (antiguo sistema penal), la Fiscalía Octava Especializada Delegada ante los Juzgados Penales del Circuito Especializado de Valledupar, determinó que no existían pruebas reales sobre la supuesta responsabilidad de Carlos José Mattos Barrero y Edward Heriberto Mattos Barrero, por los delitos de concierto para delinquir, homicidio en persona protegida, desplazamiento y desaparición forzada, secuestro simple y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones.

La Fiscalía durante la investigación logró determinar que los hermanos Mattos Barrero, no financiaron a los paramilitares que perpetraron la masacre y que el testimonio de Luis Carlos Ávila Teherán, que se convirtió en la única prueba en este proceso, carece de veracidad.

“Demostrado como se encuentra con las piezas procesales allegadas a la presente investigación, que los señores Carlos José Mattos Barrero y Edward Heriberto Mattos Barrero, no tuvieron participación en los hechos ocurridos el 23 de septiembre del 1996, la única prueba que existe en el plenario es la declaración de Luis Carlos Ávila Teherán, donde manifiesta que los hermanos Mattos Barrero, fueron las personas que le dieron la lista de las personas a los cuales los paramilitares le dieron muerte, declaración esta desvirtuada por variedad de declaraciones pero sobre todo por la del exparamilitar y protagonista de los hechos señor EVANGELISTA BASTO BERNAL, que en su declaración rendida ante este despacho afirma que la persona que dio la lista para asesinar a las víctimas de este proceso fue alias JJ persona está que se desempeñaba como jefe de Finanzas del Frente 41 de la FARC”, señaló la Fiscalía en la decisión judicial.

Igualmente, se estableció que es falso el testimonio de Luis Carlos Ávila Teherán.

“Este Despacho se permite manifestar que, frente a las sindicaciones hechas por el señor Luis Carlos Ávila Teherán, en lo que respecta a la responsabilidad penal de los hermanos Mattos Barrero, con ocasión a los hechos ocurridos el 23 de septiembre del 1996, en el municipio de Codazzi, Cesar, riñen con la verdad, tal como se ha podido conocer en el análisis de la presente investigación, es entonces que, tales afirmaciones, pueden dar cabida al tipo penal consagrado en el artículo 442 de la normatividad penal vigente, del Falso Testimonio”.

Por esto, se compulsaron copias para que sea investigado penalmente por mentirle a la justicia.

“Es preciso entrar a estudiar la posibilidad que pueda configurarse el punible del Falso Testimonio, por lo que se procederá a compulsar copias a fin que la Fiscalía General de la Nación, realice investigación tendiente a determinar si existe méritos suficientes para dar apertura de instrucción contra el señor Luis Carlos Ávila Teherán, por el punible arriba descrito”.

Esta fue la decisión del fiscal octavo especializado Ronald Darío Calderón Vieco.

“R E S U E L V E: PRIMERO: Precluir la presente investigación a favor de los señores CARLOS JOSÉ MATTOS BARRERO Y EDWARD HERIBERTO MATTOS BARRERO, por los delitos de CONCIERTO PARA DELINQUIR, HOMICIDIO EN PERSONA PROTEGIDA, DESPLAZAMIENTO Y DESAPARICIÓN FORZADA, SECUESTRO SIMPLE Y FABRICACIÓN, TRÁFICO Y PORTE DE ARMAS DE FUEGO O MUNICIONES. SEGUNDO: Compúlsese copias contra el señor Luis Carlos Ávila Teherán, a fin que se investigue la presunta comisión del tipo penal de Falso Testimonio, de acuerdo con la parte considerativa de la presente resolución”.

Las víctimas de esa masacre fueron las siguientes:

1. José Eulises Mendieta López

2. Juan Martin Mendoza Arias

3. Edith Vergara Ramírez

4. Enilda Escobar Ramos

5. Jesús María Montejo Angarita

6. Isabel Rodríguez Peñaranda

7. Robert Solano Ocaño

8. Geoberto Torres Lascarro

9. Bertha Esther Ospino

10. Carlos José Cuello Daza

11. Rodolfo León Reyes Brochel

12. Fredy Guillermo Duran Muegues

Carlos Mattos y sus condenas

Fue hallado culpable de haber protagonizado uno de los escándalos más fuertes de corrupción en la Rama Judicial y al que se denominó como Hyundai.

Carlos José Mattos Barrero corrompió a dos jueces de la República y a varios funcionarios de igual número de juzgados para resultar beneficiado en un litigio con el que buscaba quedarse con la autorización de comercializar los vehículos de la marca coreana Hyundai en Colombia, (empresa de la cual fue presidente).

A raíz del escándalo fue condenado dos veces, la primera a nueve años de prisión por haber sobornado al juez sexto Civil Reinaldo Huertas, con 700 millones de pesos para que expidiera una medida cautelar que en su momento lo favoreció.

Igualmente, fue condenado a cinco años y 10 meses de prisión, por haber pagado una coima de 100 millones de pesos en una ‘caja de zapatos’ a la exjueza Ligia del Carmen Hernández.