¿Desde cuándo empiezan a pagar el aumento del salario mínimo 2024?
Resolvimos las principales dudas sobre el aumento del salario mínimo del próximo año
En las próximas semanas se definirá el salario mínimo en Colombia para el 2024. A pesar de que la fecha tentativa para dar a conocer el aumento fue el pasado viernes 15 de diciembre, debido a una falta de acuerdo entre los negociantes, todavía no se ha podido determinar cuál será finalmente el porcentaje en que aumentará el salario.
Mientras otros países ya ha venido comunicando esta decisión, los colombianos siguen a la espera, con muchas preguntas sobre lo que se vendrá para el próximo año. Para resolver algunas de las dudas que abundan entre los ciudadanos, a continuación resolveremos algunos de estos interrogantes.
¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo?
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Según el cronograma de las negociaciones del salario mínimo, durante la semana del 11 al 15 de diciembre se realizó un análisis de los índices económicos entregados por el DANE y el Banco de la República, tales como la inflación y el PIB del país. Asimismo, se conocieron las ofertas de incremento del salario por parte de los trabajadores y empresarios.
Finalmente, el viernes se iba a dar la reunión para acordar el incremento salarial, sin embargo, esta reunión fue suspendida porque todavía se mantenían reuniones bilaterales entre el Gobierno y los empresarios y el Gobierno y los trabajadores. Por esta razón, se espera que esta semana o máximo hasta el 30 de diciembre, fecha límite para dar a conocer el aumento, se tome una decisión entre las partes.
En caso de que no se logre un acuerdo, la Ley 278 de 1996 señala que será el Gobierno Nacional el que tendrá que tomar la decisión sobre el aumento final del salario, basado en los parámetros financieros discutidos en las negociaciones previas.
¿Desde cuándo empiezan a pagar el aumento del salario mínimo?
Para los trabajadores que reciben el salario mínimo, el aumento deberá aplicarse en el primer pago del 2024. Para las personas que reciben menos del salario mínimo, también se les debe aplicar el aumento automáticamente. Así lo determinó la Corte Constitucional, en la sentencia C-911-12, en la que señala que mantener el poder adquisitivo de los salarios bajos tiene un carácter intangible.
Finalmente, el Ministerio del Trabajo refiere que no existe una disposición legal que ordene un aumento a los salarios que superan el mínimo legal. No obstante, la entidad destaca que hay una necesidad de reconocer la pérdida de poder adquisitivo de dinero que ocurre cuando el salario se ajusta el IPC del año anterior. Por lo que, en este caso, el aumento deberá ser determinado por un acuerdo mutuo entre el empleador y el trabajador.
¿Quién define el salario mínimo?
Según lo determina la normativa, la comisión de concertación salarial, deberá estar integrada por:
- Representantes del Gobierno: tales como la Ministra de Trabajo y Seguridad Social, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Ministro de comercio, industria y turismo y la Ministra de agricultura o sus delegados.
- Representantes de los empleadores: son 5 representantes con sus suplentes, designados por las asociaciones nacionales gremiales más representativas de distintos sectores económicos del país.
- Representantes de los empleados: son 3 representantes con sus suplentes personales designados o removidos por las confederaciones sindicales más representativas. Además, debe haber un representante con su suplente de los pensionados y 1 representante de los desempleados con su suplente.