Cambios de la Dian en declaración de renta: lista de personas que no deben pagar en 2024
No todas las personas deben presentar la declaración, sin embargo, para quienes deben hacerlo, el valor total a pagar está determinado por diferentes factores como los movimientos financieros, sus ingresos, compras y consumo durante todo un año.
Se acerca el nuevo año y con este se esperan varios cambios en materia económica, uno de estos aspectos será la declaración de renta, por lo cual hay expectativa sobre cómo se podría afectar el bolsillo de los ciudadanos obligados a pagar el impuesto.
Este trámite, que se realiza ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Dian, está relacionado con el pago de impuestos tributarios correspondientes a ingresos o gastos en un calendario estipulado por la entidad de impuestos.
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Hay que recordar que para el 2024, la declaración de renta tendrá algunos cambios que fueron estipulados en la reforma tributaria aprobada en el Congreso de la República.
Según el Gobierno Nacional, uno de los puntos clave de la reforma tributaria busca que se eliminen beneficios en la declaración de renta para 2024 con la idea de aumentar el recaudo desde el lado de las personas que más tienen ingresos.
En ese orden de ideas, de acuerdo con lo que adelantó Valor Analitik, estos son los ciudadanos que no están obligados a declarar:
1. Los asalariados que no sean responsables de impuestos a las ventas, “cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria”.
2. Los ciudadanos cuyo patrimonio bruto no exceda los $211,7 millones, en el último día del año gravable.
3. Los ciudadanos cuyos ingresos brutos no sean iguales o superiores a los $65.8 millones en el año gravable.
4. También quedarán exentos aquellos que no excedan los 65.8 millones de pesos en el consumo de tarjetas de crédito, mientras que el tope de consumos y compras será por el mismo valor.
¿Cuáles son los cambios tras la nueva reforma?
Tenga en cuenta los cambios que vendrían para el contribuyente tras la nueva reforma:
- Puede descontar las rentas exentas, cesantías, indemnizaciones por fallecimiento, entre otras, “pero con la nueva ley ya no puede deducir 2.880 unidades de valor tributario, sino 790 UVT. Es decir, podrá deducir menos dinero y tendrá que pagar más”.
- De igual forma puede descontar los intereses de un préstamo de vivienda, el Icetex u otro tipo de créditos educativos. El cambio es que ya no son 5.040 UVT sino 1.340 UVT, lo que significa que ya no puede deducir el mismo valor de antes.
Siendo así, el contribuyente solo podrá deducir un máximo de 56 millones de pesos.