Economía

Estos son los servicios que no subirán con el aumento de sueldo 2024

El Ministerio de Trabajo anunció los productos y servicios que no subirán para el 2024. Conozca aquí el listado.

Persona haciendo cuentas con su calculadora y de fondo dinero colombiano (Fotos vía Getty Images)

El pasado martes 12 de diciembre se llevó a cabo una de las reuniones más importantes en el marco de la discusión para el aumento del salario mínimo de 2024 en Colombia. Durante la sesión se dieron a conocer las propuestas por parte de los trabajadores que pidieron subir el mínimo en un 18%, mientras que los empresarios aún no dan a conocer el porcentaje de incremento que quieren para el salario del otro año.

Cabe recordar que este 2023 el salario mínimo está en $1.160.000 debido a que, en la negociación del año pasado, se acordó subirlo un 16%.

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Asimismo, para 2024 se mantendrán las políticas de desindexación que se acordaron, en la misma discusión del año pasado, sobre algunos bienes y servicios, según comentó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramirez, con lo que además de mantener las medidas sobre los 116 artículos acordados en 2022, se sumarán también otros 88 bienes y servicios.

Algunos productos y servicios que no subirán en 2024

  • Servicios de veterinaria.
  • Carne de res y derivados.
  • Carne de cerdo y derivados.
  • Leche.
  • Servicios de protección social dentro y fuera del hogar.
  • Inscripciones y matrículas en carreras técnicas, tecnológicas y universitarias.
  • Servicios auxiliares y financieros prestados a cambio de una comisión explícita.
  • Cuotas moderadoras de EPS.
  • Seguros médicos, de accidentes y medicina prepagada.
  • Transporte intermunicipal, interveredal e internacional.
  • Servicios auxiliares y financieros prestados a cambio de una comisión explícita.
  • Recogida de basura.

¿Cómo se establece el salario mínimo?

La comisión permanente de concertación de políticas salariales y laborales manifiesta mediante la Ley 278 de 1996 que dentro de las negociaciones del SMMLV, los representantes del Gobierno y de diferentes gremios deben fijar el monto por dos parámetros:

Parámetro económico

  • ICP y PIB del año causado y proyección para el siguiente año.
  • Aporte de la productividad al crecimiento de la economía.
  • Contribución de los salarios al ingreso nacional.

Parámetro jurisprudencial

  • Protección constitucional al trabajo.
  • Necesidad de mantener una remuneración vital y móvil.
  • Función social de la empresa.
  • Objetivos constitucionales de la dirección general de la economía.