Queda en firme condena contra el médico Andrés Eduardo Carvajal por negligencia médica
El caso ocurrió en junio de 2012, cuando una menor de 11 años fue atendida por Carvajal en la clínica Shaio de Bogotá y falleció a causa de un mal diagnóstico.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 36 meses de prisión contra el médico Andrés Eduardo Carvajal Sabogal por los delitos de homicidio culposo y negligencia médica.
La Sala Penal estableció la vulneración al principio de ´lex artis´, es decir, el criterio que emplea el Derecho para determinar la corrección de la práctica médica y, por analogía, “de otras profesiones o actividades en la actividad médica que le correspondía al procesado, dada su calidad de pediatra de urgencias de la clínica Shaio”, señala un comunicado del abogado Abelardo de la Espriella.
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El caso ocurrió en junio de 2012, cuando una menor de 11 años fue atendida por Carvajal en la clínica Shaio de Bogotá y falleció a causa de un mal diagnóstico.
Según lo establecido por la Fiscalía General de la Nación en medio de la investigación, “la menor llegó con sus padres a la clínica porque presentaba dolor abdominal”.
En seguida, agrega el ente acusador, “sus familiares manifestaron que el médico omitió los protocolos, puesto que no la examinó, pero sí le diagnosticó gastritis y la envió para su casa luego de recomendarle comer frutas dulces”.
Según el caso, la niña comenzó a desvariar, por lo que fue internada en la clínica. Allí se evidenció un nivel de azúcar bastante elevado y esa misma noche sufrió muerte cerebral.
Ante esto, la Corte Suprema estableció los siguientes criterios para dejar en firme la condena:
- Se trataba de una reconsulta. Es decir, dada la falta de mejoría de la menor, quien había sido llevada inicialmente a urgencias el día 1° de junio de 2012, sus padres debieron llevarla por segunda vez, el 3 de junio de 2012, a urgencias de la misma clínica. En esta ocasión, fue atendida por el pediatra Andrés Eduardo Carvajal Sabogal.
- El referido galeno no se interesó por hacer directamente un chequeo físico, sino que se lo delegó al médico general que lo acompañaba.
- Tampoco pidió el archivo de la historia clínica de la menor, elaborada dos días antes, para indagar cuáles síntomas venía presentando y si había mejorado o empeorado.
- Se abstuvo de ordenar exámenes complementarios, a pesar de que los síntomas tenían más de 15 días de evolución.
- En lugar de mantener en observación a la menor, le dio tratamiento domiciliario.