Caso Hyundai: fuerte regaño del Tribunal a exjuez por sobornos. Este es el fallo
El exjuez Reinaldo Huertas deberá permanecer privado de la libertad durante 9 años y cinco meses.
W Radio conoció el fallo de 134 páginas con el que el Tribunal Superior de Bogotá condenó al exjuez Reinaldo Huertas, por haber recibido un soborno de 700 millones de pesos para expedir medidas cautelares para beneficiar al expresidente de Hyundai en Colombia, Carlos Mattos.
En la sentencia de la Sala Penal del alto tribunal se establece que, Huertas se aprovechó de su condición de juez sexto civil municipal de Bogotá para obtener una millonaria coima con la que corrompió a la Rama Judicial.
Debido a la gravedad de los hechos en los que participó, se le impuso una multa de 414 salarios mínimos legales mensuales vigentes del año 2016 además, estará inhabilitado durante 139 meses (11 años y cinco meses).
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“Reinaldo Huertas participó del plan criminal ideado por Carlos José Mattos Barrero, conocía de la necesidad de manipular el reparto para que el proceso llegase a su despacho judicial; por lo que es razonable que el acusado representase que la única manera de asegurar ese cometido era a través de su manipulación, lo cual demandaba que se seleccionaran los medios para entrar al sistema informático que realiza la distribución aleatoria de las actuaciones procesales que llegan para conocimiento de cada especialidad; en lo que se evidencia que el método a elegir, por la forma natural y subrepticia del plan ilícito demandaba el sigilo necesario que todo se mantuviera oculto y que se removiera; de ahí el dolo que gobierna la totalidad de las conductas para lograr el éxito del plan criminal”, a partes del fallo conocido por W Radio.
Describió el tribunal que la propuesta del entramado de corrupción se promovió por Carlos Mattos, en octubre de 2015, cuando todavía ejercía como presidente de Hyundai en Colombia.
Se advirtió que Huertas manipuló a varias personas y al sistema para que el caso le fuera asignado por reparto.
“En consecuencia, ha de concluirse que la influencia de Reinaldo Huertas reforzó con éxito la materialidad de la conducta por medio de la cual se manipuló el reparto del sistema SARJ”, explicó el Tribunal.
En la sentencia se advierte que el exjuez fue copartícipe de un acuerdo criminal.
“Resta por indicar que, frente a los delitos determinados por Reinaldo Huertas, su actuación integra la denominada coparticipación criminal, pieza articular en el engranaje del acuerdo criminal como instigador”.
Agregó además que, “el comportamiento se realizó por el procesado en plenas capacidades cognitivas y, por ende, debe ser tenido como imputable. Además, el encartado estaba en la posibilidad real y material de obrar en consonancia con el marco jurídico, en especial, con el reclamado a un juez de la República, pero optó por ejecutar las conductas criminales con conciencia plena”.
También se clarificó que no existe ninguna causal de ausencia de culpabilidad, es decir Huertas fue consiente de los delitos que cometió.
“Las conductas punibles en las que Reinaldo Huertas se vio inmiscuido a título de autor y de determinador afectaron sin justa causa los bienes jurídicos tutelados de La Administración Pública, La Libertad Individual, y la Protección de la Información y de Los Datos, al verse vulnerados de manera relevante para el derecho penal y sin que se advierta alguna causal de ausencia de responsabilidad que justifique o permita tal proceder”.
Regaño del Tribunal
Huertas fue hallado culpable de los delitos de utilización ilícita de redes de comunicaciones, acceso abusivo a un sistema informático y daño informático en calidad de determinador y el delito de cohecho en calidad de autor directo.
Ante esto, el Tribunal reprochó la conducta del juez de la República que debió rechazar cualquier coima y denunciar, en lugar de beneficio al también condenado Carlos Mattos.
“Reinaldo Huertas ostentaba una de las más altas dignidades del servicio público: ser juez de la República, a quien la sociedad y la ley otorga la definición de sus controversias bajo el tamiz de la imparcialidad, no obstante, utilizó esa investidura para ceder ante los intereses y privilegios de un particular; con ocasión al plan criminal fraguado, Reinaldo Huertas inmiscuyó en su plan delictivo a uno de sus empleados (Dagoberto Hernández Niño) y se valió de los buenos oficios de otros de ellos (Secretaría y escribiente) para darle apariencia de transparencia a su penoso objetivo”.
Sin embargo, el fuerte llamado de atención contra Huertas no paro allí, pues el alto tribunal lo responsabilizó de haber desprestigiado a la Rama Judicial de manera irreparable.
“Es indudable que la burla y la falta de escrúpulos en el comportamiento de Reinaldo Huertas, así como el consecuente daño que su proceder tuvo en el aprestigiamiento de la justicia frente a la sociedad colombiana (incluso, de manera indirecta, en detrimento de firmas internacionales como Hyundai Motors Company y el consorcio ecuatoriano), ante la cual, para este caso, él actuaba como parte de una de las tres ramas del poder público, específicamente, de aquella que se pregona su independencia”.
Añadió con severidad el tribunal que, “no puede dejarse de lado el daño real y el daño potencial creado con el injusto, esto es, la exposición al escarnio público y a los medios de comunicación a los que fue sometida la Administración de Justicia una vez se conoció de éstos hechos; la pérdida de confianza de los administrados en quien debería fungir como una figura imparcial entre dos partes en conflicto, como lo es un Juez de la República; y las altas cifras de dinero que fueron obtenidas por el procesado, como consecuencia del delito, inclusive, descontento con el primer ofrecimiento económico, se atrevió a exigirle al postulante una suma mayor a la prometida inicialmente; con lo cual se lesionó injustificadamente el bien jurídico de la Administración Pública”.
En medio de las decisiones que se adoptaron en su contra se encuentra que, le negaron la prisión domiciliaria que había solicitado junto con su abogado defensor, Marlon Díaz.