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¿Lo sabía? Así se calcula el pago de las vacaciones y la prima en la liquidación laboral

¡Salga de la duda! Le contamos sobre el método más efectivo para hacer este cálculo de las vacaciones y la prima en la liquidación al terminar un contrato laboral y que tenga la seguridad de que le están pagando lo justo.

Persona haciendo operaciones en su calculadora y de fondo una mujer revisando un documento con lupa (Fotos vía Getty Images)

Al finalizar un contrato laboral, ya sea por mutuo acuerdo, despido, terminación de contrato, renuncia, entre otros motivos, el empleador tiene el deber de liquidar al empleado, como se indica en el Código Sustantivo del Trabajo. En ese sentido, y según el Ministerio del Trabajo, en este valor se deben incluir el salario, las prestaciones sociales como cesantías, intereses sobre cesanrías, primas, vacaciones, aportes a la seguridad social, parafiscales e indemnización, si así se requiere, valores que se calculan sobre el tiempo laborado por el empleado.

A su vez, la empresa empleadora tiene un tiempo estipulado para pagarle este valor y evitar multas y, por esa razón, es importante que tenga las cuentas claras sobre lo que el empleador debe pagarle de liquidación laboral. Aquí le contamos todo lo que debe saber:

¿Cómo calcular el pago de las vacaciones y la prima en la liquidación laboral?

Con este fin, el Ministerio del Trabajo ha dispuesto una herramienta virtual y fácil de utilizar, se trata de ‘Mi Calculadora’, donde solo deberá diligenciar unos campos y obtener el valor estimado de su liquidación, ya sea de los trabajos de tiempo completo, como los trabajos por días, así:

1. Ingrese a la herramienta dando clic aquí.

2. Posteriormente, deberá diligenciar los datos del formulario, como la fecha de inicio y finalización del periodo a liquidar, salario mensual, indicar si contaba con auxilio de transporte y la clase de riesgos laborales según su actividad.

3. Luego de completar el formulario, podrá elegir la opción de visualización, que puede ser ‘Liquidación para empleado’, ‘Liquidación para empleador’, o ‘Trabajo suplementario’, según sea su caso.

4. Una vez lo elija, le permitirá ver el desglose de cada una de las prestaciones sociales y el valor estimado a pagar por parte del empleador; sin embargo, estos valores podrían variar según las condiciones de contrato y trayecto del empleo.

No obstante, los cálculos para sacar los valores exactos de estos dos conceptos en la liquidación laboral, y hacer la operación usted mismo, los puede hacer a través de las siguientes fórmulas:

  • Prima: (Salario mensual * Días trabajados en el semestre) / 360
  • Vacaciones: (Salario mensual básico * Días trabajados) / 720

En caso de que usted devengue un salario mínimo legal vigente, aquí podrá ver cuánto le corresponde de liquidación en este 2023; no obstante, una vez le entreguen el documento de desglose de la liquidación, es importante que este contenga toda la relación de pagos, deducciones y la forma de pago de esta, por lo que será fundamental que tenga la herramienta del Ministerio del Trabajo a la mano.

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¿Qué pasa si el empleador no le paga lo justo por la liquidación laboral?

De acuerdo con el artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, “si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidos, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo”.