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Paso a paso para pedir el medio día compensatorio por votar en elecciones Regionales 2023

Este es uno de los beneficios por participar de la jornada electoral de Alcaldes y Gobernadores; sin embargo, hay algunos ciudadanos que pueden pedir un día completo. Conozca aquí cuál puede pedir usted.

De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, todos los ciudadanos que trabajen en el sector público o privado tienen derecho a disfrutar de media jornada de descanso compensatoria y remunerada, por participar de los eventos electorales nacionales y cumplir con su función como elector.

Así también, hay algunos colombianos que van a poder recibir un día completo de compensación; sin embargo, esto varía de acuerdo a su rol para este 29 de octubre. En ese sentido, algunas personas no conocen el conducto regular para solicitar este beneficio, por lo que aquí le contamos todo lo que debe saber y más beneficios que obtiene por participar de estas Elecciones Regionales, a las que tendrá que asistir en un horario determinado:

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¿Cómo solicitar el medio día compensatorio por votar?

Luego de participar en la jornada electoral de este domingo, 29 de octubre, es importante que siga estos pasos para pedir la compensación de media jornada como beneficio por ejercer su derecho al voto:

  1. Una vez deposite su voto en la urna, es indispensable que conserve el certificado electoral que le entregarán los jurados de votación y que debe contener: número de cédula del votante, ciudad, puesto y mesa de votación del sufragiante y un número único que lo identifica y define que es un documento legal.
  2. Posteriormente, deberá presentar este certificado electoral ante su jefe inmediato o empleador, y concretar la fecha y horario en el que va a disfrutar de su beneficio.
  3. Y ¡listo! Podrá recibir su media jornada compensatoria y remunerada por ejercer su derecho al voto y participar de este acto democrático, cabe resaltar que este día debe ser elegido tras mutuo acuerdo entre el superior y usted.

¿Cuánto plazo tiene para hacer la solicitud de la media jornada remunerada?

Como se indica en el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, este beneficio se deberá solicitar “en el mes siguiente del día de la votación”, por lo que se dispone de 30 días calendario tras la jornada electoral.

¿Para quiénes aplica el día compensatorio completo?

Hay ciudadanos que podrán pedir un día completo de compensación y se trata de las personas designadas como jurados de votación. Por ese motivo, si usted va a cumplir esta función el próximo 29 de octubre y no fue exonerado de este ejercicio, puede disfrutar de más tiempo de compensación remunerada; pues, según el artículo 105 del Código Electoral, los jurados de votación “que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días siguientes a la votación”.

Otros beneficios por votar en las elecciones regionales del 29 de octubre

Además de entender la importancia de la participación ciudadana en las elecciones democráticas para la elección de los mandatarios locales, ejercer el derecho al voto y conservar su certificado electoral puede tener algunos beneficios, según la ‘Urna de Cristal’ del Gobierno nacional:

  • 10 % de descuento de la matrícula para los estudiantes de una institución de educación superior.
  • 10 % de descuento en el valor de la expedición del pasaporte colombiano.
  • 10 % de rebaja en el valor del trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar.
  • Beneficios en la aplicación a becas estudiantiles y subsidios de vivienda.